A.F.P. PLANVITAL S.A. CON MARIA FERNANDA SALINAS ESCOBAR
Rol
Fecha
13 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la resolución impugnada data del trece de diciembre de dos mil veintidós, notificada a las partes con igual fecha y, que el recurso de apelación en subsidio fue presentado el día veinte de diciembre pasado, es decir, habiendo transcurrido el plazo de cinco días hábiles, tal como consta en certificado emanado por el Ministro de Fe del tribunal a quo y, visto lo dispuesto en los artículos 181 y 189 inciso 1° del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible, por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la ejecutante en contra de la resolución de fecha trece de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras La Calera, en sus autos RIT P-1-2019. Devuélvase. N° Laboral - Cobranza-29-2023.
Fallo
se declara inadmisible, por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la ejecutante en contra de la resolución de fecha trece de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras La Calera, en sus autos RIT P-1-2019. Devuélvase. N° Laboral - Cobranza-29-2023.
Texto Completo (Preview)
wgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de enero de dos mil veintitrés. Proveyendo el folio N° 5 “Certificación” y N° 6 “Devolución documentos”: Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente folio N°1, Ingreso recurso: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la resolución impugnada data del trece de diciembre de dos mil veintidós, notificada a las partes con igua
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