SIN INFORMACION

FUENZALIDA/CHILQUINTA ENERGÍA S.A.

Rol

Fecha

12 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminado en el

Fundamentos

considerando sexto todo el periodo que comienza con las palabras “se ha sostenido” y termina con “$3.000.000”. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, para establecer la cuantía de los perjuicios, conforme lo indicado en el motivo sexto del

Fallo

fallo en alzada, el juez consideró el presupuesto acompañado por la demandante, el que ponderado con los documentos acompañados a fojas 33 y siguientes de autos, permiten establecer que el valor comercial del automóvil siniestrado es similar al presupuestado para su reparación, esto es la suma de $6.680.000. 2°) Que, del valor mencionado, debe deducirse un monto por concepto de venta de los restos del vehículo siniestrado, que en la práctica comercial es de aproximadamente de un 30% del valor comercial, para que así el perjuicio resarcido coincida con la pretensión deducida por el demandante y no implique un enriquecimiento sin causa a su favor. Por esta consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287, se confirma la sentencia apelada de fecha diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Valparaíso, en autos Rol C-7343-2019, escrita a fojas 76 a 78 de autos, con declaración que se aumenta el monto por concepto de indemnización de perjuicios a la suma de $4.680.000.-, pagadero en la forma, y con los reajustes e intereses indicados en el fallo recurrido. Se previene que el Ministro Sr. Martínez fue de la opinión de confirmar la sentencia en alzada sin modificaciones, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-101-2022

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a doce de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminado en el considerando sexto todo el periodo que comienza con las palabras “se ha sostenido” y termina con “$3.000.000”. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, para establecer la cuantía de los perjuicios, conforme lo indicado en el motivo sexto del fallo e

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