VON PESCATORE/VARSCHAVSKY
Rol
Fecha
12 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece ALEXIS ALFREDO GÓMEZ MELO, abogado, domiciliado en calle General Urrutia 436, tercer piso, oficina A, de Pucón, en relación con la carpeta electrónica caratulada “Varschavsky / Von Pescatore”, Rol C-79-2022, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 3 de noviembre de 2022, dictada por el Juzgado de Letras de Pucón, que no concedió el recurso de apelación subsidiario interpuesto. Expresa que dedujo recurso de reposición con apelación subsidiaria en contra de la sentencia interlocutoria de prueba. Respecto del recurso de reposición, éste fue acogido parcialmente, y respecto del recurso de apelación, se resolvió: “estese a lo resuelto precedentemente”. Indica que si bien la resolución recurrida acoge parcialmente el recurso de reposición, modificando la sentencia de prueba, no es menos cierto que también fue desestimado en aspectos que esta parte estima relevantes, como lo es haber mantenido el punto de prueba N° 5 del primigenio “auto de prueba”, que ahora tiene signado el N° 4. Ese hecho es sustancialmente importante pues se agregan, a juicio esta parte, hipótesis de responsabilidad civil extracontractual que no fueron invocadas en los escritos fundamentales del juicio. Por consiguiente, correspondía que se acogiera el recurso de apelación subsidiario interpuesto al folio 20 de los autos civiles en referencia, en aquella que no se acogió el recurso de reposición interpuesto en forma principal. Pide, que se acoja el recurso y se declare admisible el recurso de apelación subsidiario deducido por aquella parte en contra de la resolución de 28 de abril de 2022, en aquella parte que se desestimó el recurso de reposición, concederlo en el solo efecto devolutivo y disponer que el juez del tribunal a quo deberá determinará las piezas que resulten necesarias para el conocimiento de la apelación y remitirá los autos a esta Corte. A folio 5, evacuó informe don Francisco Madrid Alarcón, juez titular del Juzgado de Letras de Pucón.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de hecho es un instrumento adjetivo, que la ley concede a las partes que han resultado agraviadas por la resolución del tribunal inferior que provee a tramitación un recurso de apelación que era improcedente, para pedir directamente al superior que enmiende dicha resolución con arreglo a derecho; requiere, en consecuencia, que el tribunal inferior haya cometido errores al momento de dar o no lugar a la admisión a tramitación el referido recurso. SEGUNDO: Que, comparece la parte demandada, quien deduce recurso de hecho en contra de la sentencia interlocutoria de prueba de fecha 3 de noviembre de 2022, dictada por el Juzgado de Letras de Pucón, en autos sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, que no concedió el recurso de apelación subsidiario. TERCERO: Que, para resolver el presente recurso es menester tener en consideración que con fecha 28 de abril de 2022 se recibió la causa a prueba, la que fue notificada a la parte demandada con fecha 19 de octubre del mismo año, y a la parte demandada el día 20 del mismo mes y año. Luego, en contra de dicha resolución, la parte demandada, dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio, la cual fue acogida parcialmente. CUARTO: Que, de lo anterior se desprende la existencia de un agravio al acogerse parcialmente el recurso de reposición, de forma tal que como prescribe el artículo 319 inciso final del Código de Procedimiento Civil, debió concederse el recurso de apelación deducido de forma subsidiario y dentro de plazo.
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara que SE ACOGE el recurso de hecho deducido por Alexis Gómez Melo, abogado, en representación de la parte demandada, en contra de la resolución de tres de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras de Pucón, y en consecuencia se resuelve que SE DECLARA ADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario interpuesto con fecha 21 de octubre de 2021, en contra de la interlocutoria de prueba, dictada en los autos Rol N°C-79-2022 de dicho Tribunal, debiendo elevarse los antecedentes, en su oportunidad. Regístrese. Rol N° Civil-1700-2022 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, doce de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1, comparece ALEXIS ALFREDO GÓMEZ MELO, abogado, domiciliado en calle General Urrutia 436, tercer piso, oficina A, de Pucón, en relación con la carpeta electrónica caratulada “Varschavsky / Von Pescatore”, Rol C-79-2022, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 3 de noviembre de 2022, dictada por el Juzg
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