BRUCE GILLIES TAYLOR-MONTGOMERY MONTGOMERY C/ EUGENIO PALACIOS LABBE
Rol
Fecha
12 de enero de 2023
Materia
INJURIA (ACCION PRIVADA). ART. 416 AL 420.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo además presente: Que las expresiones atribuidas al querellado, aun en el contexto en que dichas expresiones fueron manifestadas a la persona del querellante, en ningún caso dan cuenta del ánimo de deshonrar, desacreditar o menospreciar a la persona del querellante. Por lo que, como señala la juez a quo, los hechos materia de la querella no son constitutivos del delito de injurias, previsto y sancionado en el 416 del Código Penal y, por tanto, teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 416 y 417 del Código Penal y artículos 114, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós, íntegramente transcrita en la carpeta judicial. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y relator (S) señor Iván Vial Aguilar, quien actúa como ministro de fe. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1582-2022 Penal.- La Serena, a doce de enero de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
por tanto, teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 416 y 417 del Código Penal y artículos 114, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada fecha veintidós de diciembre de dos mil veintidós, íntegramente transcrita en la carpeta judicial. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y relator (S) señor Iván Vial Aguilar, quien actúa como ministro de fe. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1582-2022 Penal.- La Serena, a doce de enero de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, doce de enero de dos mil veintitrés. Siendo las 10:03 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte presidida por el Ministro señor Iván Corona Albornoz, e integrada por el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi y la abogada integrante señora Elvira Badilla Poblete, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la parte querellante, en contra de
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