CORREPROP S.A. / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
12 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece María Paz Valenzuela Díaz, abogada, por su mandante CORREPROP S.A., RUT Nº96.870.540-7, sociedad anónima del giro inmobiliario, representada legalmente por don Víctor Lonza Lazo, y deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, representada legalmente por su alcaldesa doña Macarena Ripamonti Serrano, por haber incurrido por si misma o por personal de su dependencia o contratado al efecto, en actuaciones ilegales y/o arbitrarias en la dictación del Decreto Municipal Nº 12844, de fecha 07 de noviembre de 2022, que establece la clausura de la propiedad de su representada, ubicada en calle Arlegui Nº 263, Oficina 701, Viña del Mar, todo lo cual importa una privación, perturbación y amenaza a su legítimo ejercicio de las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República. Solicita se ordene a la recurrida dejar sin efecto dicho Decreto de manera inmediata, y deje sin efecto giro de impuestos emitido a su representada, alzando la orden de clausura existente. Funda su arbitrio señalando que con fecha 11 de noviembre, llega a la propiedad de mi representada, la notificación del Decreto Municipal Nº 12844, que ordena la clausura del establecimiento giro compraventa y alquiler de inmuebles, ubicado en calle Arlegui N263, Oficina 701, Viña del Mar, a nombre de CORREPROP S.A., por no contar con Patente que ampare el ejercicio de la actividad que realiza. Ademas, con fecha 18 de noviembre se emite INFORME DE DEUDA por “TRIBUTO PATENTE COMERCIAL PROVISORIA” en contra de su representada ascendiente al monto de $4.824.142.- Explica que su representada CORREPROP S.A., no se enmarca dentro de ninguna de las hipótesis del artículo 23 del Decreto Ley Nº3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales, por cuanto solo mantiene un contrato civil. No existe, ni siquiera por el giro de su representada, actividad alguna que se encuentre ejerciendo en la oficina que es de su
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, atento al petitorio del recurso, y teniendo presente el mérito de los antecedentes acompañados por la recurrida a folio 12, específicamente Decreto Alcaldicio N° 14.614 de fecha 12 de diciembre de 2022, consta que se alzó la orden de clausura que motivó el presente recurso, contenida en Decreto Alcaldicio N° 12.844 de fecha 7 de noviembre de 2022 al establecimiento comercial con giro compraventa y alquiler de inmuebles, ubicado en calle Arlegui N°263 oficina 701, Viña del Mar, a nombre de CORREPROP S.A., en razón de que el Departamento de Patentes y Publicidad ha informado que mediante Decreto Alcaldicio N° 13685/2022, el contribuyente obtuvo su Patente Comercial Definitiva y canceló los períodos correspondientes desde el primer semestre 2020 a la fecha estando su Patente Rol N° 521772-4 al día, razón por la cual no existe a la fecha acto que enmendar por la presente acción, motivo suficiente para rechazar el recurso, por haber perdido oportunidad.
Fallo
Por lo expuesto, el recurso debiese ser rechazado por cuanto perdió oportunidad ya que no existe el hecho que importó que el recurrente accionara en estos autos. Respecto del fondo del recurso, el recurrente, CORREPROP S.A. es una sociedad anónima, que se dedica al corretaje de propiedades y cuyo giro registrado ante el Servicio de Impuestos Internos es precisamente la compra, venta y alquiler de inmuebles. Esta sociedad realiza una actividad comercial y lucrativa acorde a su giro, en el domicilio que mantiene registrado ante el Servicio de Impuestos Internos y ante la Municipalidad de Viña del Mar y que corresponde al establecimiento ubicado en Arlegui 263 oficina 701, Viña del Mar. En consecuencia, sin perjuicio de que además en el mismo inmueble el contribuyente y recurrente en estos autos como corredora de propiedades mantenga oficinas arrendadas a terceros, quienes a su vez deben tener su patente al día, debe el recurrente tratándose de una sociedad que se encuentra domiciliada en la comuna de Viña y que realiza una actividad lucrativa, también tener también su patente al día conforme lo establece el artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales. Hace presente que el día 19 de noviembre de 2021 el recurrente presentó su solicitud de patente comercial en el Departamento de Patentes y Publicidad de la Municipalidad de Viña del Mar y como a todos los contribuyentes que solicitan una patente comercial y de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Rentas Municipales artículos
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de enero de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, comparece María Paz Valenzuela Díaz, abogada, por su mandante CORREPROP S.A., RUT Nº96.870.540-7, sociedad anónima del giro inmobiliario, representada legalmente por don Víctor Lonza Lazo, y deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, representada legalmente por su alcaldes
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