JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ MARIA MAGALY MARIN CARTES

Rol

Fecha

12 de enero de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y apareciendo que no han variado las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva de la imputada, en relación con los delitos por los cuales se ha formalizado investigación y su participación en los mismos. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la ofendida, atendido que existen varias causas por delitos sobre violencia intrafamiliar en contra de la misma víctima. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de cuatro de enero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de María Magaly Marín Cartes. Devuélvase. N° 73-2023 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, doce de enero de dos mil veintitrés. Segunda Sala Zoom Rol: 73-2023-PENAL RUC: 2201231463-2 RIT: 8540-2022 Tribunal: JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Damaris Madrid Céspedes Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Darío Sanhueza De la Cruz Defensor: Ramón Sánchez Sánchez Hora de inicio: 09:21 horas Hora de término: 09:35 horas Imputada: M.P C/MARIA M

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica