20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

JARA/RODRÍGUEZ

Rol

Fecha

18 de enero de 2023

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el inciso final del artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se dicten en virtud de las disposiciones de este artículo, en cuanto al monto de los depósitos y multas se refiere, son inapelables, naturaleza jurídica que comparte la resolución recurrida en estos autos, motivo por el cual, el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el demandado con fecha diecinueve de diciembre del año dos mil veintidós (folio N° 30), en contra de la resolución de fecha trece del mismo mes y anualidad (folio N° 28). Devuélvase N°Civil-302-2023.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por la Ministro señora María Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Claudio Gonzalo García Lamas.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el demandado con fecha diecinueve de diciembre del año dos mil veintidós (folio N° 30), en contra de la resolución de fecha trece del mismo mes y anualidad (folio N° 28). Devuélvase N°Civil-302-2023.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por la Ministro señora María Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Claudio Gonzalo García Lamas.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el inciso final del artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se dicten en virtud de las disposiciones de este artículo, en cuanto al monto de los depósitos y multas se refiere, son inapelables, naturaleza

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