LENA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
11 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien en favor de doña Mita Marceus, haitiana, domiciliada en calle Manuel Plaza Número 350, pasaje 12, comuna de Buin, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de permanencia definitiva solicitada el 6 de enero de 2021 lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo de los derechos consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a la solicitud de residencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que informó doña Valentina Gómez Baltán, abogada del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de la garantía constitucional señalada. Indica que, efectivamente, el 6 de enero de 2021 la recurrente solicitó su permanencia definitiva, petición que el 7 de diciembre de 2021, mediante la dictación de la Resolución Exenta N° 21361395, se aprobó el avance en el estado de trámite de la solicitud encontrándose en “Evaluación intermedia”, lo que incluye a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización –si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y Servicio Registro Civil e Identificación,
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Mita Marceus, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos, contados desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°27.810-2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien en favor de doña Mita Marceus, haitiana, domiciliada en calle Manuel Plaza Número 350, pasaje 12, comuna de Buin, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de
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