SIN INFORMACION

BOLAÑO/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA,

Rol

Fecha

11 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, en representación de Francisco Antonio Bolaño Castillo, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº 27.040.774-9, ambos domiciliados para efectos en Carlos Walker Martínez número 6100, comuna de San Miguel, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva solicitada el 30 de agosto del año 2020, lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a la solicitud de residencia definitiva del recurrente otorgándole tal calidad migratoria. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, rechazando la presente acción de protección, toda vez que no existe acción u omisión ilegal por parte del Servicio Nacional de Migraciones y además la acción ha perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado este Servicio respecto de la solicitud de permiso de permanencia definitiva del recurrente. Ello, porque mediante la resolución Exenta N° 22350458 de fecha 11 de agosto de 2022, su entidad otorgó residencia definitiva en el país al recurrido. Tercero: Que para analizar el asunto planteado por la presente vía, resulta conveniente consignar que el recurso de Protección de Garantías Constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Francisco Antonio Bolaño Castillo. N°19.177-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, en representación de Francisco Antonio Bolaño Castillo, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº 27.040.774-9, ambos domiciliados para efectos en Carlos Walker Martínez número 6100, comuna de San Miguel, quien recurre de protección en

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