JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

FRANCISCO SEGUNDO VALENZUELA LOPEZ CON ECHEVERRIA IZQUIERDO MONTAJES INDUSTRIALES S.A. Y OTRA

Rol

Fecha

10 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADO/VOTO EN CONTRA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Comparece el abogado Manuel Bull Córdova, en representación de ECHEVERRÍA IZQUIERDO MONTAJES INDUSTRIALES S.A., demandada en autos, y deduce incidente, solicitando se declare inadmisible el recurso de apelación de marras, por carecer éste de

Fundamentos

fundamentos y peticiones concretas, esto fundado en lo establecido en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 432 del Código del Trabajo, al carecer de fundamentos y peticiones concretas. Señala que el apelante al momento de deducir su arbitrio, únicamente señaló que el recurso se entablaba por causarle agravio la resolución impugnada, sin manifestar otros argumentos, ni menos formular peticiones concretas al respecto. Refiere que su parte y la otra demandada le solicitaron al tribunal a quo que

Fallo

se declarara inadmisible el recurso por el motivo antes referido, momento en que el apelante intentó rectificar su recurso lo cual, a su juicio, resultaba extemporáneo al haber precluído su derecho para recurrir. Finalmente señala que admitir a trámite un recurso de apelación literalmente vacío y sin peticiones concretas, impide que el apelado pueda argumentar por su rechazo en la vista de la causa, lo cual afecta la garantía del debido proceso, razón por la cual el artículo 201, antes citado, lo sanciona con la declaración de inadmisibilidad del recurso. SEGUNDO: Que el apelante, al evacuar el traslado solicita que se rechace el incidente, fundado en que se dedujo recurso de apelación sobre la interlocutoria que acogió la excepción de incompetencia absoluta planteada por la demandada, y que el fundamento del recurso de apelación deducido es el agravio que produjo la imposibilidad de continuar el juicio; por lo que la petición lógica y natural es la revocación de la resolución; y que a propósito de una solicitud de inadmisibilidad del recurso de apelación, promovido en la misma audiencia preparatoria, respetando la bilateralidad de la audiencia, a su parte se le concedió la palabra y dio por reproducido todos los argumentos expuestos en el evacua traslado conferido de la excepción de incompetencia referida, pasando a formar parte del recurso sin ser extemporánea la intervención. TERCERO: Que en la presente causa lo apelado es la resolución que acogió la excepción de incomp

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Concepción, diez de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Comparece el abogado Manuel Bull Córdova, en representación de ECHEVERRÍA IZQUIERDO MONTAJES INDUSTRIALES S.A., demandada en autos, y deduce incidente, solicitando se declare inadmisible el recurso de apelación de marras, por carecer éste de fundamentos y peticiones concretas, esto fundado en lo establecido en el artículo 201 del C

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