ITAU CORBANCA CON GABRIELA SEPULVEDA SEPULVEDA
Rol
Fecha
10 de enero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, no constando en esta sede procesal que se hayan causado perjuicios a la demandada con la demanda intentada y no habiendo sido absuelta dicha parte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 467, 471, 144, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de diecinueve de noviembre de dos mil veinte, dictada en el folio 4 de los autos C-1788-2016 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo y, en su lugar, se declara que el ejecutante queda eximido del pago de las costas. Devuélvase. N° 1070-2022 Civil
Fallo
se declara que el ejecutante queda eximido del pago de las costas. Devuélvase. N° 1070-2022 Civil
Texto Completo (Preview)
Certifico que para la vista de la presente causa esta Primera Sala se integra extraordinariamente con la ministra señora M. Teresa Díaz Zamora, en reemplazo del fiscal Judicial señor Jaime Salas Astráin, quien fue llamado a integrar otra sala, lo que se puso en conocimiento del abogado que se anunció y alegó revocando don Miguel Oyarzún Villalón. San Miguel, a 10 de enero de 2023. Enrique Cossio V
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