SIN INFORMACION

ROSALES/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

10 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Paul Andrés Rosales Molinares, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva. Estimando que con ello se vulneran las garantías contenidas en el artículo 19 N° 2 y 3 de la Constitución Política, solicita se acoja el recurso y se ordene a la recurrida resolver, sin más trámite, la solicitud de la recurrente, con costas. Expone que oportunamente, de forma previa al vencimiento de su visa temporaria, presentó una solicitud permanencia definitiva. Sin embargo hasta la fecha no ha obtenido respuesta, y reprocha que los perjuicios por la omisión se han acentuado toda vez que la recurrente tiene su cédula de identidad vencida, cuestión que ha dificultado su diario vivir. Hoy la solicitud del visado está paralizado por completo, sin aun siquiera haber efectuado el pago de derechos correspondientes, por lo que no se tienen mayores novedades. SEGUNDO: Que al evacuar su informe la recurrida solicitó el rechazo de la acción, estimando que ha perdido oportunidad, pues con fecha 05 de agosto de 2022, mediante Resolución Exenta N°66278 del Servicio Nacional de Migraciones, que otorga el permiso de residencia definitiva al extranjero don Paul Andrés Rosales Molinares, por lo que entiende que habiéndose pronunciado sobre la solicitud del recurrente individualizado, las alegaciones correspondientes a la pendencia de su solicitud han perdido oportunidad y eficacia. Finalmente, el 29 de agosto de 2022, el Servicio de Registro Civil e Identificación hizo entrega de la cédula de identidad de extranjeros al recurrente. En consecuencia, entiende que no existe actualmente un acto u omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en espec

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Paul Andrés Rosales Molinares. Regístrese y comuníquese. N°Protección-732-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de enero de dos mil veintitrés. Al escrito Folio 10: Téngase presente en la vista de la causa. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Paul Andrés Rosales Molinares, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión en el pronunciamiento respecto de su sol

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