OLGA IVONNE LIZAMA VALENCIA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
10 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Georgina Lucero de la Fuente, abogada, defensora penal público penitenciario, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Olga Ivonne Lizama Valencia, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte que, por resolución de 18 de Octubre de 2022, rechazó su postulación al citado beneficio. Indica que la interna se encuentra cumpliendo saldo de condena de: 1 día (multa), 1 día (multa), 818 días y 172 días correspondientes a las siguientes causas con pena original: - 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de estafa, causa Rit 7159-2015, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. - 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con intimidación, causa Rit 854-2016 del 14° Juzgado de Garantía de Santiago. - 41 días de prisión, por el delito de receptación, en causa Rit 7244-2017, del 11° Juzgado de Garantía de Santiago. - 818 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de receptación, en causa Rit 4616-2020, del 14° Juzgado de Garantía de Santiago. Según información consignada en su Ficha Única, registra como fecha de inicio de condena el 07 de julio de 2020 y de término el 25 de marzo de 2023, siendo su tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional el 15 de noviembre de 2021. Añade que la conducta de su representada ha sido calificada como muy buena en los últimos 4 bimestres y que cuenta con un informe psicosocial elaborado por especialistas de Gendarmería de Chile que permite orientar acerca de los factores de riesgo de reincidencia y de las características de personalidad de la postulante, sólo exigiendo el artículo 5° del D.L. 321 que se cuente con dicho informe, sin que éste sea necesariamente favorable,
Fundamentos
motivos por los cuales estima concurrentes todos los requisitos exigidos por la ley para acceder a la libertad condicional y, no obstante ello, el beneficio le fue denegado ilegal e infundadamente. Expresa que hay una interpretación errónea por parte de la comisión, ya que el informe de Gendarmería de Chile indicó que su representada había realizado cambios y avances en el proceso de reinserción social lo que está conteste con el espíritu de la modificación legal, destacando al efecto que es una mujer de 34 años que ingresó al Programa para personas privadas de libertad (PPL) el mes de noviembre de 2021; forma parte del CET cerrado en el armado de artefactos eléctricos en taller Marisio y que ha realizado talleres en fundación levántate, capacitación en Gastronomía en Infocap, además de otros talleres que indica. En cuanto a su red de apoyo, la constituye principalmente su madre Ivonne Valencia, quien cuenta con trabajo estable, con un proyecto laboral en el medio libre en base a emprendimiento en el rubro de la alimentación. Sobre su nivel de riesgo de reincidencia alto, hace presente que se basa en una medición IGI del mes de septiembre de 2021, hace más de un año antes de su postulación. Solicita acoger la presente acción y dejar sin efecto la decisión que rechaza la libertad condicional de la persona en cuyo favor recurre, otorgándole el beneficio. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Celia Catalán Romero, Ministra Presidente de la Comisión de Libertad Condicional indicando que, oída la relación de los antecedentes acompañados a la postulación y, previo análisis y debate sobre éstos, la comisión rechazó la solicitud de libertad condicional del referido interno, señalando lo siguiente: “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que la interna mantiene un riesgo de reincidencia alto, siendo aún necesario reforzar ámbitos que guardan relación con el establecimiento de relaciones con pares pro-sociales y procurar herramientas para enfrentar a pares criminógenos. Se observa en la interna problemas para identificar y adherir a las normas en el medio libre; dificultades en el cumplimiento de beneficios penitenciarios anteriores, sin lograr pensamientos alternos a su conducta infractora, con un bajo nivel de conciencia del daño causado y negación del delito actual, sin que tenga un proyecto laboral concreto y una red de apoyo que pueda configurarse como un agente modelador pro social. Además, la interna requiere avanzar en forma gradual a la libertad a través de los beneficios intrapenitenciarios, de los cuales carece hasta el día de hoy, lo que hace necesario que continúe su intervención intramuros, razones por las cuales se estima, por unanimidad, que no reúne los requisitos establecidos en el artículo 2) Nro. 3), del Decreto Ley Nro. 321.” Agrega que al adoptar la decisión de rechazo de la solicitud, la Comisión procedió con arreglo a la normativa que rige el benef
Fallo
fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Olga Ivonne Lizama Valencia, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. N°9-2023 Amparo
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó por el recurso la abogada Iris Figueroa Abarzúa. San Miguel, 10 de enero de 2023. Cristian Calderón Bórquez, relator. San Miguel, diez de enero de dos mil veintitrés. Al folio 8: Téngase presente Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Georgina Lucero de la Fuente, abogada, defensora penal público penitenciario, quien interpone acción constitucional de amparo
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