TESORERÍA REGIONAL TEMUCO / TORRES REYES MARIO EDUARDO
Rol
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, el abogado don ADRIÁN EDUARDO NEIRA ULLOA, en representación de don Mario Eduardo Torres Reyes, dedujo oportunamente incidente de abandono de procedimiento en la causa administrativa Expediente ROL 10.031-2018, Comuna de Cunco, de la Tesorería Regional de La Araucanía, como aparece de fojas 17 y siguientes de tales autos. Fundó su petición, en lo concreto, en que la fecha de la última resolución dictada en dicho proceso para dar curso progresivo a los autos fue de fecha 26 de junio de 2018 en que se requirió de pago al contribuyente y se le embargaron bienes, para luego, con fecha 27 de diciembre de 2018 certificarse que se estaba en condiciones de proceder a la segunda etapa judicial de cobranza. La siguiente actuación es aquella por la que se dicta una resolución fechada 31 de mayo de 2022 que ordena trabar embargo sobre fondos del ejecutado disponibles en el Banco del Estado de Chile, lo que efectivamente se realizó el 9 de junio de 2022. Agrega que transcurrieron más de tres años sin que se realizaran movimientos en el expediente administrativo, por lo que se ha producido un abandono en la persecución del crédito. SEGUNDO: Que, como aparece de los autos administrativos en cita, dicho artículo fue denegado deduciéndose reposición con apelación subsidiaria, desestimándose el recurso principal y denegándose el arbitrio de enmienda subsidiario, según resolución de fecha 14 de julio de 2022. Contra este pronunciamiento el agraviado interpuso recurso de hecho ante esta I. Corte, que, por sentencia de fecha 29 de agosto de 2022, lo acogió, concediendo el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de 4 de julio de 2022, dictada por la Tesorera Regional Jueza Sustanciadora, en el sólo efecto devolutivo, lo que fluye de los autos ROL 1090-2022 de este Tribunal. TERCERO: Que, en cumplimiento de tal mandato y habiéndose declarado admisible el arbitrio, se revisará el mismo, para lo cual tendrá presente para su acertada decisión, los h
Fallo
Por estas consideraciones, normativa citada y lo previsto en los artículos 152 y siguientes y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que se acoge el recurso de enmienda y, en consecuencia, SE REVOCA la sentencia en alzada, declarándose abandonado el procedimiento correspondiente al Expediente Administrativo ROL 10.031-2018, Comuna de Cunco, de la Tesorería Regional de La Araucanía. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Redacción del Abogado Integrante Sr. Francisco Ljubetic Romero. Rol N° Civil-1631-2022.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, nueve de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que, el abogado don ADRIÁN EDUARDO NEIRA ULLOA, en representación de don Mario Eduardo Torres Reyes, dedujo oportunamente incidente de abandono de procedimiento en la causa administrativa Expediente ROL 10.031-2018, Comuna de Cunco, de la Tesorería Regional de La Araucanía, como aparece de fojas 17 y siguientes de tales
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