CAICEDO/SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Marcela Giacamán Pérez, abogada, en representación de Maicol Caicedo Girón, colombiano, ambos con domicilio en calle Baquedano 239 Oficina 704, Antofagasta, quien deduce recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por dictar el Oficio Ordinario N°59.004 de fecha 04 de octubre de 2022 ordenando la expulsión de su representado, solicitando se deje sin efecto el acto administrativo por ser contraria a derecho al afectar arbitrariamente el derecho a la libertad personal del amparado. Informa la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que con fecha 15 de diciembre del año 2022 el amparado fue notificado del Oficio Ordinario N°59.004, que dispone la expulsión del país, en atención a contar con una condena por el delito de tráfico mediante sentencia definitiva de fecha 09 de febrero de 2021, del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en causa Ruc N° 2000867632-2, Rit N°10098-2020, a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, a una multa de 4 UTM, a la suspensión de cargos y oficio públicos, concediendo libertad vigilada intensiva. Alega que el amparado tiene permanencia definitiva en el país, siendo ilegal y arbitrario el acto recurrido, desde que el amparado fue condenado y además se le aplicó un plan de intervención, que está cumpliendo en forma regular, sujetándose a los requerimientos de la autoridad, por el mismo término que dure la pena, otorgándole el Estado la oportunidad de reinsertarse socialmente, por lo mismo, el Estado no puede a través de una resolución administrativa expulsarlo, ya que estaría atentando con el espíritu del legislador de la reinserción social. Sostiene que el amparado se encuentra completamente arraigado en el país, toda vez que, ha contraído matrimonio con Elizabeth Cristina Meza Sáez, con fecha 08 de junio del año 2013, y juntos son padres de dos hijos menores de edad de nacionalidad chilena, de nombres Andrew Elian Caicedo Meza y Jeannine Anais Caicedo Meza de 3 años y de 5 años, respectivamente. Con trabajo formal, manteniendo una serie de antecedentes positivos los cuales hacen de él, en la actualidad, una persona comprometida, apegada a la ley y por sobre todo arrepentida respecto de su conducta delictual. Solicita dejar sin efecto el Oficio Ordinario N°59.004, de fecha 04 de octubre del año 2022 y así asegurar la libertad personal y seguridad individual del amparado, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que Carlos Salas Arriagada, abogado, de la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, informa solicitando el rechazo del recuso, desde que no existe acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Indica que previas solicitudes con fecha 23 de diciembre de 2013, mediante Resolución Exenta N°157396, del Departamento de Extranjería y Migraciones, se otorga al amparado el beneficio migratorio de Permanencia Definitiva. Luego, con fecha 13 de noviembre de 2020, mediante Informe Policial N°293 de la Policía de Investigaciones de Chile, informa denuncia grave por tráfico de drogas. Así, con fecha 09 de febrero 2021, el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, condena a Maicol Caicedo Girón en su calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 1 de la ley 20.000, a la pena de CUATRO (4) AÑOS de presidio menor en su
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto por Marcela Giacamán Pérez, abogada, en representación de Maicol Caicedo Girón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y comuníquese. ROL 408-2022 (AMPARO)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, nueve de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece Marcela Giacamán Pérez, abogada, en representación de Maicol Caicedo Girón, colombiano, ambos con domicilio en calle Baquedano 239 Oficina 704, Antofagasta, quien deduce recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por dictar el Oficio Ordinario N°5
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