MAMANI/
Rol
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, el apoderado del solicítate deduce recurso de apelación, en contra de la sentencia dictada en el proceso, por la cual se rechazó la solicitud de ordenar al señor Conservador de Bienes Raíces de Arica el archivo del plano de subdivisión, conjuntamente con su minuta explicativa, correspondiente al predio agrícola denominado “Parcela N°11, del Proyecto de Parcelación Alto Ramírez A”. Refiere que el Juez a quo yerra al reprochar la naturaleza del plano y minuta que se pide archivar concluyendo que al tratarse de un proyecto de subdivisión se estaría alterando y modificando los deslindes del predio matriz que no tiene sus demarcaciones de forma clara, bajo lo cual se estaría dando paso a la creación de nuevos lotes mediante una declaración unilateral. Afirma que el archivo del plano solicitado no implica un acto de enajenación ni afectación de derecho de terceros, pues solo se hacen con el objeto de mantener la historia y mutaciones del inmueble. Al efecto señala que el proyecto de subdivisión se hizo en base a las 7,6 hectáreas que posee el bien raíz, generado 5 nuevos lotes cuya suma total es igual a todo el terreno contenido en la Parcela ya individualizada, por tanto no ha existido una alteración sustancial del predio donde se haya incrementado su cabida, por el contrario, sólo se ha determinado los metros cuadrados de cada uno de sus deslindes desde una perspectiva distinta, en la cual se han desplegado instrumentos y tecnologías idóneas para llegar a dichos resultados. Señala que en cuanto a la modificación de los deslindes actuales de la propiedad, la naturaleza de un proyecto de subdivisión implica una alteración esencialmente interna de la propiedad más no externa, pues los lotes resultantes mantienen los mismos límites geográficos que el predio matriz. Pide que se revoque la sentencia apelada ordenando al señor Conservador de Bienes Raíces proceder al archivo practicar
Fundamentos
fundamentos esgrimidos por el juez a quo en el considerando cuarto de la misma y, encontrándose la negativa del archivo del plano pretendida ajustada a lo preceptuado en el Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, SE CONFIRMA el
Fallo
por tanto no ha existido una alteración sustancial del predio donde se haya incrementado su cabida, por el contrario, sólo se ha determinado los metros cuadrados de cada uno de sus deslindes desde una perspectiva distinta, en la cual se han desplegado instrumentos y tecnologías idóneas para llegar a dichos resultados. Señala que en cuanto a la modificación de los deslindes actuales de la propiedad, la naturaleza de un proyecto de subdivisión implica una alteración esencialmente interna de la propiedad más no externa, pues los lotes resultantes mantienen los mismos límites geográficos que el predio matriz. Pide que se revoque la sentencia apelada ordenando al señor Conservador de Bienes Raíces proceder al archivo practicar el archivo del plano correspondiente a la carátula N° 211591, correspondiente inmueble “Parcela Nº11, del Proyecto de Parcelación Alto Ramirez A, y se encuentra ubicada en el Valle de Azapa de esta comuna y ciudad, inscrito a fojas 1860 Nº804 del Registro de Propiedad del año 1997 del Conservador de Bienes Raíces de Arica, a nombre de su titular don Oscar Rafael Mamani Mamani. SEGUNDO: Que, en opinión de esta Corte las alegaciones efectuadas por el recurrente, son las mismas que planteó en su solicitud sin agregar antecedente alguno que permitiese a estos sentenciadores decidir en sentido diverso a la sentencia en alzada y, compartiendo los fundamentos esgrimidos por el juez a quo en el considerando cuarto de la misma y, encontrándose la negativa del arch
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Arica, seis de enero de dos mi veintitrés. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, el apoderado del solicítate deduce recurso de apelación, en contra de la sentencia dictada en el proceso, por la cual se rechazó la solicitud de ordenar al señor Conservador de Bienes Raíces de Arica el archivo del plano de subdivisión, conjuntamente con su minuta ex
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