MILLAPE/JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO (COBRANZA)
Rol
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado Bernardo Rosenberg Pérez, en representación del demandante en causa RIT C-419-2021, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de diecinueve de diciembre del año dos mil veintidós que declaró admisible el recurso de apelación presentado por la demandada contra de la resolución de fecha trece de diciembre de dos mil veintidós que anula todo lo obrado desde la audiencia preparatoria. Indica que la resolución recurrida no pone término al juicio y no hace imposible su continuación y, en consecuencia, no resulta recurrible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 476 del código del ramo. Por lo señalado, alega que el recurso de apelación interpuesto no puede ser admitido a tramitación, por lo que solicita se acoja el recurso de hecho y se ordene dejar sin efecto la resolución que concedió el recurso, y declare en su lugar que el referido medio de impugnación resulta improcedente en la especie. Segundo: Que los autos ingresados a esta Corte con el Rol N°736-2022 Laboral, corresponden a un procedimiento ordinario, en el que, mediante resolución de tres de enero del año en curso, se declaró inadmisible la apelación presentada en contra de la resolución de trece de diciembre de dos mil veintidós, por no ser de aquellas expresamente previstas en el artículo 476 del Código del Trabajo. Tercero: Atendido el mérito de los antecedentes, la pretensión del recurrente de hecho se encuentra satisfecha. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 472 y 474 del Código del Trabajo en relación al inciso segundo del artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento respecto al falso recurso de hecho deducido. Déjese copia de la presente resolución en los autos Rol N°736-2022 Laboral así como de la resolución de tres de enero del presente año dictada en el ingreso rol N°736-2022 en este ingreso. Al primer
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 472 y 474 del Código del Trabajo en relación al inciso segundo del artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento respecto al falso recurso de hecho deducido. Déjese copia de la presente resolución en los autos Rol N°736-2022 Laboral así como de la resolución de tres de enero del presente año dictada en el ingreso rol N°736-2022 en este ingreso. Al primer, segundo y quinto otrosí: téngase presente. Al tercer otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto otrosí: Previo a resolver autorícese ante la señora secretaria de esta Corte en forma presencial o al correo: secretaria_casanmiguel@pjud.cl. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 749-2022 Laboral (Hecho)
Texto Completo (Preview)
CH (nkg) San Miguel, seis de enero de dos mil veintidós. Al escrito folio 1: A lo principal: Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado Bernardo Rosenberg Pérez, en representación del demandante en causa RIT C-419-2021, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de diecinueve de diciembre del año dos mil veintidó
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