RENDIC HERMANOS S.A/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO SAN FELIPE
Rol
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
hechos no se verifica la infracción que expone la multa, al tenor del contenido y la redacción de los contratos y/o anexos de contrato de los trabajadores mencionados en la multa y que refieren a los cargos de “Operador de Producción, “Operador de Tienda”, “Operador de Sala de ventas” y “Encargado de Recepción”; 5.-Existencia de error de derecho en el curse de la multa, al desatenderse al texto expreso, y el espíritu, del artículo 10 N° 3 del Código del Trabajo. Alegaciones todas que la sentencia recurrida se hace cargo en sus
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Que en estos autos, RIT I-16-2022 RUC 22-4-0416167-2, caratulados “Rendic Hermanos S.A. con Inspección Provincial del Trabajo de San Felipe”, del Juzgado del Trabajo de San Felipe, se dictó sentencia definitiva, en procedimiento monitorio de reclamación judicial de multa administrativa, el día veintidós de septiembre del año dos mil veintidós, mediante la cual
Fallo
se declara; I. Que se Rechaza el reclamo deducido por don Enrique Uribe Errázuriz, abogado, en representación de Rendic Hermanos S.A, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de San Felipe, representada por don Nelson Mauricio Lobos López, todos ya individualizados, respecto de la resolución de multa N°3920/22/35 de fecha 14 de junio de 2022. II. Que no se condena en costas a la parte reclamante por estimarse que ha tenido motivo plausible para litigar. SEGUNDO: Que, la recurrente intenta recurso de nulidad fundado en la causal de nulidad contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, al tenor de lo establecido en su inciso 1°, en cuanto su sentencia incurre en infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, todo lo cual causa agravio a su representada, solamente reparable con la invalidación de la sentencia definitiva objetada, y la dictación de sentencia de reemplazo que acoja en todas sus partes el reclamo de autos, dejando sin efecto la multa aplicada por la Inspección Provincial del Trabajo de san Felipe. Sostiene que la norma decisoria litis infringida en la sentencia que se impugna, tal como se acreditará en detalle más adelante, es el artículo 10 N° 3 del Código del Trabajo por las consideraciones que expondrá. TERCERO: Que previo a resolver se expondrá que la aplicación de la multa administrativa, ya individualizada, impuesta por la Dirección del Trabajo, lo es por la fiscalización a la recurrente Rendic Hermanos S.A, en
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I.C.A. de Valparaíso Cgv Valparaíso, seis de enero de dos mil veintitrés. Vistos, Oídos y Considerando: PRIMERO: Que en estos autos, RIT I-16-2022 RUC 22-4-0416167-2, caratulados “Rendic Hermanos S.A. con Inspección Provincial del Trabajo de San Felipe”, del Juzgado del Trabajo de San Felipe, se dictó sentencia definitiva, en procedimiento monitorio de reclamación judicial de multa administrativa
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