SIN INFORMACION

URRUTIA MURIEL RONNIE ALFONSO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don RICARDO GONZÁLEZ CIUDAD, en representación de don RONNIE ALFONSO URRUTIA MURIEL, quien actualmente cumple condena en el C.D.P. Santiago Sur, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el rechazo del beneficio de libertad condicional al que postuló el amparado para el segundo semestre del presente año. Expresa que la resolución que le deniega la libertad condicional, realiza una insuficiente fundamentación a la hora de explicar los

Fundamentos

motivos del rechazo, haciendo que no sea lo suficientemente categórica para negar la concesión de la libertad condicional, por lo que solicita se revoque la resolución y se ordene conceder la libertad condicional al condenado. SEGUNDO: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 24 de octubre recién pasado se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la Comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente, avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que se trata de un interno de mediano compromiso delictual. No goza de beneficios de salida. Es reincidente criminológico y legal minimiza la comisión de ilícitos y durante el relato responsabiliza a terceras personas. Muestra tendencia a favor del delito, justifica su actuar, con escasa conciencia del mal causado, minimiza u omite información relevante durante la entrevista, con proyecciones de egreso difusas y poco estables. Los aspectos antes mencionados, demuestran por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por aprobado avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N°321.” Concluye señalando que la Comisión rechazó el beneficio sobre la base de los antecedentes aparejados por Gendarmería, los que no permiten hacer uso de la facultad para otorgar el beneficio de la libertad. TERCERO: Que, la Comisión de Libertad Condicional, acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional y el informe de postulación psicosocial de la libertad condicional, de los que se extrae que el interno se encuentra calificado con un bajo compromiso delictual, tiene 33 años, se encuentra cumpliendo condena por su responsabilidad en calidad de autor de los delitos de delito robo con fuerza en lugar habitado a la peña de 5 años y un día; cuasidelito de lesiones menos graves a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo y a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por participar en un accidente de tránsito causando lesiones menos graves sin dar cuenta a la autoridad ni ayudar a la víctima, iniciando su cumplimiento el 6 de junio de 2019, estimándose como fecha de término de las sanciones el 19 de septiembre de 2024. A la fecha de la postulación, el interno no contaba con beneficio intrapenitenciario. CUARTO: Que conforme al artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de RONNIE ALFONSO URRUTIA MURIEL, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4915-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintitrés. Al folio 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don RICARDO GONZÁLEZ CIUDAD, en representación de don RONNIE ALFONSO URRUTIA MURIEL, quien actualmente cumple condena en el C.D.P. Santiago Sur, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apela

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