FUENTES/BCI SEGUROS GENERALES S.A.
Rol
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que en su presentación la parte recurrente señala expresamente que el acto que lo motiva para deducir esta acción constitucional ocurrió el día veintidós de noviembre de dos mil veintidós, y habiendo deducido el presente recurso el tres de enero pasado, no puede ser acogido a tramitación por extemporáneo. 3°) Que, a mayor abundamiento, los hechos descritos en la presentación, y en particular sus peticiones, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, teniendo presente que se denuncia un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial que corresponda. Y de conformidad, además, con el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-17-2023.
Fallo
fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-17-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel CH/Acs San Miguel, seis de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que en su presentación la parte recurrente señala expresamente que el acto que lo motiva pa
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