SIN INFORMACION

GONZÁLEZ/BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

6 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, con fecha 7 de septiembre del presente año comparece doña MARÍA PATRICIA GONZÁLEZ CONTRERAS, cédula nacional de identidad N°7.353.223-K, domiciliada en Pasaje Volcán Osorno N°1624, Conjunto Habitacional Villa Los Volcanes de San Javier, interponiendo recurso de protección en contra del BANCO ESTADO, representado por don Juan Cooper Álvarez; MAXIMILIANO SÁNCHEZ DERIO y en contra de don VLADIMIR LOZANO DONAIRE. Indica que viene a denunciar que el 4 de septiembre fue víctima de varios delitos, cometidos por acción de una o varias personas, a saber, falsificación, uso malicioso de instrumento público, estafa y otros delitos y, al parecer, asociación ilícita para cometer delitos, hechos todos que deben ser investigados y remitidos al Ministerio Público. Precisa que el 4 de septiembre de 2022 fue demandada en causa Rol C-389-2022 del Juzgado de Letras de San Javier por el cobro de un pagaré falso, siendo evidente que se trata de un documento falso, de falsedad absoluta, confeccionado con una fotocopia, que no tiene estampillas, no es su firma. Es más, aparece un código de barra falso, escrito con letra a máquina, adulterado de forma dolosa. Afirma no deber nada al Banco Estado y no haber firmado ningún pagaré a éste, razón por la cual, afirma, el señor Vladimir Lozano Donaire cometió dolo con el fin de estafar y esgrimir un título falso. Finalmente, y previo análisis de las garantías que denuncia infringidas, solicita se le conceda el presente recurso de protección a fin de garantizar su integridad y patrimonio y enviar todos los antecedentes al Ministerio Público. SEGUNDO: Que, con fecha 30 de septiembre del presente año comparece don Marcelo Davico Ramírez, abogado, en representación convencional del Banco del Estado de Chile, quien evacúa el informe solicitado aseverando que no han existido ni existen actuaciones u omisiones arbitrarias ni ilegales imputables a su representada, como tampoco puede concluir del libelo pretensor de la recurrente

Fallo

por tanto de un procedimiento declarativo, resultando imprescindible agotar la vía jurisdiccional correspondiente. Por otro lado, este recurso no es la vía idónea para resolver la controversia surgida entre recurrente y recurrido, la que trasciende los fines de la acción de protección de garantías constitucionales y no se condice con el carácter extraordinario y de tramitación breve y urgente que tiene el arbitrio de que se trata. Solicita se rechace en todas sus partes el recurso de protección deducido por María Patricia González Contreras. TERCERO: Que con fecha 04 de noviembre de 2022 comparece don Vladimir Lozano Donaire emitiendo el informe solicitado y refiere que se limitó sólo a patrocinar una demanda por encargo del Banco del Estado de Chile, sin injerencia en la elaboración y origen del pagaré, agrega que la recurrente fue legalmente notificada de la demanda ejecutiva sin oponer excepciones oportunamente, no siendo la acción de protección la vía idónea. Finaliza señalando que el recurso contiene imputaciones contra su persona por lo que se reserva las acciones legales que correspondan, solicitando el rechazo de la acción incoada, con costas. CUARTO: Que, con fecha 22 de diciembre de 2022 se prescinde de los informes solicitados a Juan Cooper Álvarez y Maximiliano José Sánchez Derio. QUINTO: Que el artículo 20 de la Constitución Política de la República dispone que el que, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amen

Texto Completo (Preview)

Talca, seis de enero de dos mil veintitrés. VISTO: PRIMERO: Que, con fecha 7 de septiembre del presente año comparece doña MARÍA PATRICIA GONZÁLEZ CONTRERAS, cédula nacional de identidad N°7.353.223-K, domiciliada en Pasaje Volcán Osorno N°1624, Conjunto Habitacional Villa Los Volcanes de San Javier, interponiendo recurso de protección en contra del BANCO ESTADO, representado por don Juan Cooper

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