JUZGADO DE GARANTIA DE LA SERENA

MP C/ GONZALO ANDRES TABILO ROJAS

Rol

Fecha

6 de enero de 2023

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, atendido el mérito de autos y lo expuesto por los intervinientes en estrados, esta Corte concluye que, en la especie, los antecedentes hasta ahora esgrimidos justifican tanto la existencia de los delitos por los cuales fue formalizado el imputado como también la participación que le ha correspondido en ellos. Lo anterior, a partir de la declaración de la víctima, la propia dinámica del hecho y las circunstancias pretéritas. SEGUNDO: Que, asimismo, es posible sostener, como lo hizo el tribunal a quo, que la libertad del encartado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y la víctima, atendido el carácter de los delitos y la pena asignadas a los mismos, a lo cual se abona que existen antecedentes calificados que permiten presumir que éste realizará atentados en contra la ofendida de autos, de lo cual da cuenta los propios hechos delictivos por los cuales fue formalizado, todos respecto de la misma víctima y en el contexto de violencia intrafamiliar. TERCERO: Que, todo lo anterior lleva a esta Corte a afirmar, que en la especie, la necesidad de cautela no se satisface con otras medidas cautelares de menor intensidad.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del pasado treinta de diciembre de dos mil veintidós, por el Juez de Garantía de La Serena, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos Gonzalo Andrés Tabilo Rojas, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 12-2023 Penal.- En La Serena, a seis de enero de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

La Serena, seis de enero de dos mil veintitrés. Siendo las 10:10 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz, e integrada por la Ministra interina señora Marcela Sandoval Durán y la Fiscala Judicial señora Pilar Aravena Gómez, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica