SIN INFORMACION

DOMINIQUE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 11 de noviembre de 2022, comparece el abogado Juan Pablo Mardones Manosalva, para interponer acción constitucional de protección en favor de Stander Pierre Dominique, de nacionalidad haitiana, domiciliado en Pasaje 22 Sur 5905, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle Matucana N°1223, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba sus garantías fundamentales, específicamente las de los numerales 1, 2, 9, 16 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud permanencia definitiva. Indica que el 27 de diciembre de 2021 el recurrente solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, lo que lo mantiene en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacuan el informe respectivo los abogados del Servicio Nacional de Migraciones Nicolás Cornejo Montenegro y Rocío Rodríguez Zamora, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Afirman que el recurrente solicitó el beneficio migratorio indicado el 27 de diciembre de 2021 y que aquella petición se encuentra actualmente en la etapa “análisis I”. Señalan que el

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Stander Pierre Dominique, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°28.324-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 11 de noviembre de 2022, comparece el abogado Juan Pablo Mardones Manosalva, para interponer acción constitucional de protección en favor de Stander Pierre Dominique, de nacionalidad haitiana, domiciliado en Pasaje 22 Sur 5905, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, represent

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