PHILOGENE/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓNA
Rol
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 14 de noviembre de 2022, comparece el abogado don Pablo Daniel Peñaloza Parra, cédula de identidad para extranjeros N°26.322.938-K, por sí y a favor de don Mackenson Philogene, empleado, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.648.217-5, domiciliados para estos efectos en Miraflores N°10, comuna Buin, Región Metropolitana, e interponen recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva formulada el 20 de noviembre de 2020, lo que trasgrede los artículos 4, 7, 9, 14, 20 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido pronunciarse respecto de la solicitud de permanencia definitiva formulada. Segundo: Que la recurrida informa que la solicitud efectivamente fue realizada 20 de noviembre de 2020, la que se encuentra en etapa administrativa de “análisis resolutivo”, desde el día 12 de diciembre del año 2021. Asegura, además, que la persona por quien se recurre se encuentra regularmente en el territorio de la República al tenor de los artículos 38, 43 y 45 de la Ley Nº21.325 y sostiene que, por el estado de emergencia en que se encontraba el país a raíz de la pandemia mundial suscitada por Covid-19, se configura un caso fortuito que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento administrativo para la obtención de permanencia definitiva a que alude el recurso, alegando que la vía idónea para reclamar la falta de respuesta de la administración es la figura del silencio admi
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Mackenson Philogene, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena al recurrido que emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 28.604 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, seis de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 14 de noviembre de 2022, comparece el abogado don Pablo Daniel Peñaloza Parra, cédula de identidad para extranjeros N°26.322.938-K, por sí y a favor de don Mackenson Philogene, empleado, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.648.217-5, domiciliados para estos efectos e
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