ROJAS/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DEPENDIENTES DE
Rol
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Aidee de las Nieves Rojas Mendoza, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Policía de Investigaciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la revocación tácita de su permanencia definitiva y la retención de su cédula de identidad. Estimando que con ello se vulneran las garantías contenidas en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política, solicita se acoja el recurso y que se ordene a Policía Internacional de Investigaciones, entregue la Cédula de Identidad del Recurrente y su Certificado de Permanencia Definitiva, ordenar al Servicio Nacional de Migraciones, dejar sin efecto aquella medida que revoca el permiso de residencia permanente de la recurrente y que éste vuelva a tener la Calidad de regular en Chile para todos los efectos legales. Expone que por resolución Nº 42.419 de 13 de agosto de 2008, obtuvo la permanencia definitiva. Durante el año 2020 viajó en diversas ocasiones a Perú, dado que su marido se encontraba en una situación muy delicada de salud. Finalmente, en diciembre del año 2020 su marido falleció, debiendo viajar a su funeral, pero volviendo al poco tiempo. Posteriormente, con fecha 21 de enero de 2021 nuevamente viajó a Perú, esta vez con la intención de realizar algunos trámites relacionados al fallecimiento de su marido. Sin embargo, debido a la situación del Covid, su estadía se prolongó más de lo esperado, esto porque los trámites que debía realizar se vieron demorados debido a la situación de la pandemia. Cabe tener en consideración que los efectos de la pandemia en la ritualidad y funcionamiento de los servicios, así como en la movilidad de las personas, tanto a nivel nacional como internacional Conociendo de su deber de retornar a Chile antes de cumplir un año, viajó a Lima en octubre del año 2021, y se acercó al consulado de Chile en esa ciudad, para consultar sobre el trámite de prórroga de permanencia
Fundamentos
motivos de la pandemia no tendría problemas al retornar, por lo que no debía preocuparse Finalmente, regresó a nuestro país el día 22 de enero 2022 a las 00:40 aproximadamente. Al ingresar a Chile por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez, personal de PDI le retuvo su cédula de identidad y su Certificado de Permanencia definitiva, aludiendo a que por el tiempo que había permaneció fuera del territorio chileno, su permanencia definitiva se encontraba revocada. Refiere que no ha sido intencional permanecer fuera del país. Sin embargo, le fue muy difícil volver antes. No solo por sus problemas personales y por la responsabilidad que tenía de concluir ciertos trámites importantes, sino también porque el cierre de fronteras la obligaba a retornar por avión, y no le era fácil costear los pasajes Por todo lo que tuvo que pasar la recurrente, estima que la decisión de la autoridad fue discrecional y arbitraria, al no comprender ni su situación particular ni el contexto actual que se vive a nivel mundial; SEGUNDO: Que, al evacuar su informe, el Servicio Nacional de Migraciones solicitó el rechazo de la acción. Detalla que mediante Resolución Exenta N°42419, de fecha 13 de agosto de 2008, del Departamento de Extranjería y Migración, se otorgó a la recurrente permiso de permanencia definitiva. Luego, según Oficio Ordinario N° 594, de fecha 26 de enero de 2022, de la Policía de Investigaciones de Chile, se deja constancia de que la extranjera de marras permaneció por más del plazo de un año fuera del territorio nacional, lo que la ubicaba en lo dispuesto en el artículo 43 de la antigua Ley de Extranjería Decreto Ley 1.094, Por lo anterior, es que la autoridad contralora procedió a revocar tácitamente el permiso de permanencia definitiva de doña Aidee de las Nieves Rojas Mendoza. La Policía de Investigaciones no ha comunicado formalmente el acto de la revocación. Enfatiza que no ha emitido orden de abandono, de expulsión u otra medida que limite o prohíba la salida o ingreso del amparado al territorio nacional. Como consecuencia de lo anterior, esto es haber regresado a Chile transcurrido más de un año desde su salida, situó a la extranjera en aquella situación establecida en el artículo 43 del Decreto Ley N° 1094, Ley de Extranjería, que considera revocada de manera tácita el permiso de residencia definitiva en aquellos casos en que un extranjero se ausente del país por un plazo ininterrumpido superior a 1 año. Sin embargo, aquellos extranjeros que se encontraren en esa situación podían acogerse al artículo 84 del Decreto N°597, en virtud del cual: “Los funcionarios del Servicio Exterior, podrán prorrogar la vigencia de la permanencia definitiva en favor de aquellos extranjeros que, por razones de estudio o debido a enfermedad u otra causa justificada, estén impedidos de retornar a Chile, dentro del año, debiendo estampar la constancia pertinente en el certificado de permanencia definitiva. Esta prórroga deberá solicitarse dentro de los 60 días anteriores
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Aidee de las Nieves Rojas Mendoza, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones. Regístrese y archívese. N°Protección-1292-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se dedujo acción de protección en favor de Aidee de las Nieves Rojas Mendoza, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Policía de Investigaciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la revocación tácita de su permanencia definitiva y la retenci
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