2º JUZGADO CIVIL DE VALDIVIA

KÖHLER/CNSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/FISCO DE CHILEO

Rol

Fecha

5 de enero de 2023

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del párrafo segundo del

Fundamentos

considerando octavo y del párrafo final del considerando noveno, los que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: No es un hecho controvertido de la causa las circunstancias materiales que sirven de sustento a la pretensión del actor, considerando que las alegaciones del Fisco se limitaron a sostener que la obligación reclamada se extinguió, formulando en tal sentido diversas alegaciones, una en subsidio de la otra, esto es el otorgamiento de diversas prestaciones estatales al actor, la prescripción de la acción para reclamar la indemnización que demanda, y por último, reprochar el monto pedido por ser excesivo especialmente en consideración a las prestaciones estatales otorgadas al demandante. SEGUNDO: Así las cosas, debe tenerse por establecido entonces, como hechos de la causa, que Alejandro Kohler Vargas fue detenido, junto a su padre, siendo menor de edad en octubre del año 1973 y liberado en junio de 1974; siendo torturado en términos que padece diversas aflicciones al día de hoy, en particular una hipoacusia severa, a nivel físico y sintomatología anímica, asociada a los padecimientos sufridos. TERCERO: Lo anterior queda de manifiesto, de la prueba rendida, en particular del informe psicológico, informe médico y declaración de tres testigos presentados por el actor. En efecto, aparece suficientemente acreditado el daño sufrido por el actor, con carácter de crónico y permanente, atendidas las circunstancias, naturaleza y tiempo de duración de los apremios ilegítimos, torturas y vejámenes vivenciados, en términos que la afectación psíquica y física se manifiesta en la actualidad, actuando tal experiencia como agente transformador del proyecto de vida del demandante en todo su espectro, principalmente en lo individual, lo que resulta palmario por la edad en que fue aprehendido en forma ilegal y torturado en forma brutal, a los 17 años, con la enorme influencia que aquello provoca en la estructura de la personalidad, de quien según su etapa de desarrollo (adolescente) espera la protección de las personas mayores. A lo que se suma el dolor e impotencia de haber padecido los tormentos junto a su progenitor. Por su parte, la repercusión dañosa, también se aprecia en el plano interpersonal y de relaciones de pareja, según se concluye por la perito psicóloga, en su informe, quien da cuenta de aquello, a causa de las torturas y vejaciones en el ámbito sexual, sufridas por el actor. CUARTO: Lo concluido en el considerando que antecede es concordante con los expuesto con los tres testigos, especialmente en lo que concierne a la entidad de sus vivencias traumáticas y del rumbo de su vida luego de ocurrido esos episodios. QUINTO: La mentada aflicción y dolor sufridos por la víctima de los actos ilegítimos y brutales inferidos por agentes del Estado, reconocida como tal por la Comisión Valech, debe ser resarcida en su más justa medida pues el inconmensurable dolor anímico y físico, no sólo son consecuencia de la privación de de

Fallo

se resuelve, se CONFIRMA la sentencia apelada de fecha ocho de agosto de dos mil veintidós, con declaración en cuanto a que se condena al Fisco de Chile a pagar a título de indemnización por daño moral, a favor de la parte demandante don Alejandro Kohler Vargas la suma de setenta millones de pesos, quedando igual en lo demás. Regístrese y comuníquese. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Juan Andrés Varas Braun quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada. Rol 948 – 2022 CIV.

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Valdivia, cinco de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del párrafo segundo del considerando octavo y del párrafo final del considerando noveno, los que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: No es un hecho controvertido de la causa las circunstancias materiales que sirven de sustento a la pretensión del actor, consideran

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