1º JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

ARENAS/REYES

Rol

Fecha

5 de enero de 2023

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

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Hechos

Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y se tiene, además, presente: Que de los antecedentes allegados se advierte que la controversia excede el marco de la acción de precario, toda vez que ella se centra en la persona que en la actualidad ocupa el terreno en cuestión, como asimismo los títulos mediante los cuales se ejerce aquella. En estas circunstancias, la sentencia de primer grado debe mantenerse, sin perjuicio de los derechos que el demandante pueda ejercer respecto de quien corresponda y por la vía procesal pertinente. Y atendido lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia definitiva apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, escrita a folio 59 de estos autos, inserta en carpeta virtual C-2938-2020 del Primer Juzgado de Letras de Curicó, sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-710-2022.

Fallo

fallo en alzada. Y se tiene, además, presente: Que de los antecedentes allegados se advierte que la controversia excede el marco de la acción de precario, toda vez que ella se centra en la persona que en la actualidad ocupa el terreno en cuestión, como asimismo los títulos mediante los cuales se ejerce aquella. En estas circunstancias, la sentencia de primer grado debe mantenerse, sin perjuicio de los derechos que el demandante pueda ejercer respecto de quien corresponda y por la vía procesal pertinente. Y atendido lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia definitiva apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, escrita a folio 59 de estos autos, inserta en carpeta virtual C-2938-2020 del Primer Juzgado de Letras de Curicó, sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-710-2022.

Texto Completo (Preview)

Talca, cinco de enero de dos mil veintitrés. Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y se tiene, además, presente: Que de los antecedentes allegados se advierte que la controversia excede el marco de la acción de precario, toda vez que ella se centra en la persona que en la actualidad ocupa el terreno en cuestión, como asimismo los títulos mediante los cuales se ejerce aquella. En estas circunst

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