LARACH/FISCO DE CHILE - SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA
Rol
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
RECLAMACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código Sanitario, el reclamo contra las sanciones aplicadas por el Servicio Nacional de Salud se tramitará de forma breve y sumaria, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declaran inadmisibles los recursos de apelación deducidos por la demandante con fecha el once de noviembre del año dos mil veintidós (folio N°28) y el interpuesto por el demandado con fecha quince de noviembre del dos mil veintidós (folio N°29), ambos en contra la resolución de doce de mayo del mismo año (folio N° 26). Devuélvase. N°Civil-18851-2022.mst
Fallo
se declaran inadmisibles los recursos de apelación deducidos por la demandante con fecha el once de noviembre del año dos mil veintidós (folio N°28) y el interpuesto por el demandado con fecha quince de noviembre del dos mil veintidós (folio N°29), ambos en contra la resolución de doce de mayo del mismo año (folio N° 26). Devuélvase. N°Civil-18851-2022.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, nueve de enero de dos mil veintitrés. A los folios N°s 3 y 4: A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código Sanitario, el reclamo contra las sanciones aplicadas por el Servicio Nacional de Salud se tramitará de forma breve y sumaria, y a su vez el artículo 686 del C
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