NARANJO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de don Yul Franco Naranjo Cabrera, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra de la Policía de Investigaciones y del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en la dictación del decreto de expulsión, circunstancia que constituye una afectación de sus garantías constitucionales contempladas en los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Se expone que el extranjero ingresó a territorio nacional el 24 de febrero de 2022 por un paso no habilitado y el día 16 de marzo del mismo año efectuó en la página web de PDI Chile, la declaración voluntaria de ingreso clandestino. Reclama que han transcurrido más de 6 meses desde aquella fecha y se encuentra a la espera de la entrega de la tarjeta de extranjero infractor o de la resolución administrativa que establezca la orden de expulsión, tal como se consagra en la Ley. Solicita en definitiva se ordene a los recurridos emitir sin más trámite la resolución ordenando la expulsión del país respecto del recurrente. Se informó por parte de la Policía de Investigaciones que el recurrente se encuentra sujeto a control de firma y que no registra orden de expulsión. Se informa por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del presente recurso puesto que la autoridad no ha dictado sanción migratoria alguna contra el recurrente, y que la expulsión es una medida facultativa, respecto de la cual no existe plazo para su dictación. Hace presente que existe otro ingreso del recurrente por el mismo fundamento. En folio 8, se trajo a la vista el recurso de protección N°157258-2022. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que examinada la causa traída a la vista, consta que en ésta se dictó sentencia ejecutoriada respecto de un recurso de protección idéntico al de autos, promovido entre las mismas partes a causa de la omisión en la dictación del decreto de expulsión del recurrente, concurriendo respecto de ambos procesos la triple identidad de partes, objeto y causa de pedir, establecida en el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, lo que lleva al rechazo del recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se rechaza el recurso de protección deducido en autos a favor de Yul Franco Naranjo Cabrera en contra de la Policía de Investigaciones y del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-155280-2022. En Valparaíso, cinco de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de enero de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de don Yul Franco Naranjo Cabrera, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra de la Policía de Investigaciones y del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en la dictación del decreto de expulsión, circunstancia que constituye un
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