SIN INFORMACION

JEAN-JULIEN/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Walter Inostroza Vallejos, abogado, en favor de Jean Julien Jamesly, de nacionalidad haitiana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, vulnerando de este modo el derecho fundamental de igualdad ante la ley, consagrado en el número 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Alega que el recurrente con fecha 1 de agosto de 2019, formuló la petición de permanencia definitiva ante la autoridad administrativa, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. En cuanto a la ilegalidad destaca que cobra especial relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, enfatizando los artículos 7 y 27, que consagran el Principio de Celeridad. Pide se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la petición, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que al evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones pide el rechazo del recurso. Indica que mediante Resolución Exenta N° 3537, de 11 de enero de 2022, se tuvo por desistida la solicitud del extranjero, en atención a que no acompañó dentro del plazo de cinco días hábiles el certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente legalizado o apostillado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N° 19.880, sin que conste que haya subsanado la solicitud inicial. Agrega que el actor no ha interpuesto ningún recurso administrativo en contra de la referida decisión, y que el plazo para hacerlo se encuentra vigente. Por ello, solicita el rechazo de la acción. Tercero: Que, como se sabe, el recurso de protección de garantías con

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Jean Julien Jamesly. Regístrese y archívese en su oportunidad. Protección N° 40126-2021. Pronunciada por la Undécima Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, integrada por la Ministra (S) señora Isabel Zúñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Jorge Balmaceda Hoyos.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de enero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Walter Inostroza Vallejos, abogado, en favor de Jean Julien Jamesly, de nacionalidad haitiana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de perma

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