JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE RINCONADA

TAPIA/BANCO SANTANDER CHILE

Rol

Fecha

5 de enero de 2023

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del

Fundamentos

considerando 17. Y se tiene en su lugar y, además, presente. Primero: Que, en cuanto a la multa impuesta al Banco Santander por infracción al artículo 3° letra d) y artículo 12 de la Ley N°19.496, consta del mérito de los antecedentes acompañados por ambas partes, que el denunciado informado de las transacciones cuestionadas, reaccionó de manera oportuna bloqueando la cuenta del actor con la finalidad de prevenir nuevas defraudaciones, por lo que se rebajará la sanción infraccional impuesta como se dirá en lo resolutivo. Segundo: Que, en cuanto al daño moral demandado, éste se encuentra acreditado en autos, en virtud de lo declarado por los dos testigos de la parte demandante y el informe psicológico, que rola a fojas 111, lo que da cuenta que el demandante se enteró de la defraudación de la cual fue víctima; como dicha situación le ha causado consecuencias negativas a nivel psicológico, emocional y comportamental como resultado del hecho ilícito, presentando nerviosismo, inseguridad, hipervigilancia, entre otros que se indican. Tercero: Que, finalmente, en cuanto al pago de las 35 Unidades de Fomento efectuado en los términos del artículo 5° de la Ley N°20.099, reconocido por el querellante y demandante civil en su libelo y en su absolución de posiciones, éste será descontado del total demandado a título de daño emergente, considerando su valor a la fecha en que el Banco Santander hizo su transferencia actor, lo que ocurrió el 27 de abril de 2021, arrojando la suma de $1.031.882.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.217, se declara: 1° Que, se confirma, la sentencia apelada de diez de diciembre de dos mil veintiuno dictada por el Juzgado de Policía Local de Rinconada, en causa Rol N°4802-21, con declaración que se rebaja la multa impuesta por infracción al artículo 3° letra d) y artículo 12 de la Ley N°19.496, a la suma de 1 Unidad Tributaria Mensual, y que se rebaja la indemnización a título de daño emergente a la suma de $2.268.118 (dos millones doscientos sesenta y ocho mil ciento dieciocho pesos). 2° Que, se confirma, en lo demás, la sentencia en alzada. Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. No sujeta a anonimización. N° Policia Local-8-2022. En Valparaíso, cinco de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de enero de dos mil veintitrés. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del considerando 17. Y se tiene en su lugar y, además, presente. Primero: Que, en cuanto a la multa impuesta al Banco Santander por infracción al artículo 3° letra d) y artículo 12 de la Ley N°19.496, consta del mérito de los antecedentes acompañados por ambas

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica