ALVARADO CASTILLO GASTON ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONCICIONAL
Rol
Fecha
5 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Osvaldo Antonio Sepúlveda Aravena, defensor penal público penitenciario, en favor de Gastón Andrés Alvarado Castillo, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2022- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, por lo que pide a esta Corte que, acogiendo el presente recurso, se restablezca el imperio del derecho y se otorgue el aludido beneficio. Expone que el amparado reúne los requisitos de tiempo mínimo y buena conducta en los últimos 4 bimestres y que se encuentra cumpliendo condenas de 5 años y 1 día, más 2360 días impuesta por el delito de tráfico Ilícito de drogas. Destaca que cumplió el tiempo mínimo el 25 de diciembre de 2022. Refiere que la resolución es arbitraria e ilegal, por cuanto no considera los avances en el proceso de inserción, como tampoco fundamenta mayormente la decisión, vulnerando el artículo 5° del DL N° 321, y el artículo 41° de la Ley N° 19.880. Prosigue indicando que no basta con resaltar aspectos negativos, sino que se debe fundar adecuadamente por qué esos aspectos llevan a inclinarse por el cumplimiento del saldo de la pena privado de libertad y no bajo un plan de intervención, pues justamente se innovó en materia de libertad condicional incorporando este elemento. Estima que los antecedentes aportados son suficientes para demostrar un cambio en la conducta del amparado desde uno pro criminal hacia uno pro social, y que si bien existen antecedentes negativos que aún persisten, la vía adecuada es el cumplimiento bajo un plan de intervención con la supervisión de un delegado de Gendarmería de Chile en el medio libre y no privado de libertad. Pide se deje sin efecto la resolución
Fundamentos
motivos económicos y la valida sin lograr reflexionar de manera crítica los aspectos personales que lo condujeron a su privación de libertad, presenta impulsividad y comportamiento criminógeno, violento y refractario al régimen intrapenitenciario; características personales delictuales que implican que el postulante no se encuentra corregido ni rehabilitado, por lo que el otorgamiento de la libertad condicional podría afectar la seguridad pública por el riesgo de comisión de nuevos delitos de igual naturaleza por los que fue condenado”. Concluye señalando que la Comisión rechazó el beneficio sobre la base de los antecedentes aparejados por Gendarmería, los que no permiten hacer uso de la facultad para otorgar el beneficio de la libertad. TERCERO: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó a su informe los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional e informe de postulación psicosocial de la libertad condicional, de los que se extrae que el interno se encuentra calificado con alto compromiso delictual, cumple una condena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, más 2360 días por su responsabilidad como autor del delito de tráfico; iniciando su cumplimiento el 17 de diciembre de 2018, siendo su fecha de término el 4 de junio de 2030. Asimismo, el tiempo mínimo correspondió al 25 de diciembre de 2022. Al momento de la postulación no contaba con beneficios intrapenitenciarios. Además, en el acápite IV de la ficha de postulación, correspondiente al análisis global del proceso de reinserción del postulante, se indica que: “Una vez analizados los antecedentes, se concluye que el informado presenta un nivel de riesgo de reincidencia Muy Alto riesgo de reincidencia delictual con necesidades criminógenas en las áreas de: Educación/Empleo; Familia y Pareja; Uso del tiempo libre; Pares; Actitud Pro criminal. En la actualidad usuario es parte de la oferta programática de Unidad Penal Colina 1, contando con motivación para participar de los procesos de intervención. Respecto al delito, presenta una pobre elaboración respecto a los factores incidentes frente a su iniciación y mantenimiento de la conducta infractora. Exhibe validación de esta frente a una necesidad de tipo económica, así como también validaría el delito como forma de posicionarse frente a sus pares desde un rol de poder delictual. Se advierte con una baja conciencia de delito y de daño, dado que asume parcialmente su vinculación en los hechos por los cuales se encuentra recluido, minimizando su participación. Se advierte en etapa de pre contemplación, pues aun no logra problematizar su actuar, al minimizar los hechos y validar la transgresión a las normas. En el ámbito familiar, presenta red de apoyo conformada por familia de origen, hija y pareja de esta, quienes no problematizan en mayor profundidad la infracción de ley cometida por el padre y jefe de hogar. En cu
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Franco Ariel Ibarra Cumsille en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo- 4877-2022.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de enero de dos mil veintitrés. Al folio 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Osvaldo Antonio Sepúlveda Aravena, defensor penal público penitenciario, en favor de Gastón Andrés Alvarado Castillo, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisió
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