ANONIMIZADO
Rol
Fecha
6 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que del contexto del libelo y atendido lo expresamente señalado en el recurso, se desprende que la recurrente ha tomado conocimiento del acto que la motiva a deducir esta acción constitucional el once de noviembre de dos mil veinte, fecha en la cual se dispone el cierre del proceso de solicitud de visa de responsabilidad democrática. 3°) Que habiendo deducido el presente recurso con cuatro de...
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C.A. de Santiago kpvs Santiago, seis de enero de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que del contexto del libelo y atendido lo expresamente señalado en el recurso, se desprende que la
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