RECURSO DE PROTECCION INT. POR NORMA VIOLETA BUGUEÑO BUGUEÑO ENB CONTRA DE COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DESARROLLO FINANCOOP
Rol
Fecha
5 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña Norma Violeta Bugueño Bugueño, cédula nacional de identidad N°5.590.982-2, pensionada, domiciliada en Ruber Sarzoza N°1334, Coquimbo, quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Cooperativa de Ahorro y Crédito para el Desarrollo Financoop, persona jurídica del giro de su denominación, representada por doña Nelda Córdova Lazo, ambas domiciliadas en Cordovés N°588, oficina 202, La Serena, por el acto consistente en informar una presunta deuda por un crédito impago, cuyas cuotas le son descontadas directamente del pago de su pensión. Expone que en el mes de agosto del año 2019 aparecieron cargos en sus liquidaciones de pensión, bajo la sigla CUPEMCHI, los cuales se originarían en un crédito que mantendría con la institución recurrida. Sostiene que no es efectivo que haya celebrado contrato alguno con la recurrida, por lo cual la deuda que origina los cargos sería inexistente y los descuentos carecerían de una causa que los justifique. Solicita “se deje sin efecto la deuda por no corresponderme”. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida solicitando el rechazo del recurso. Afirma que el 27 de junio de 2019 la recurrente solicitó a esa institución un crédito denominado “Crédito CUPEMCHI” ofrecido a los socios que tengan la calidad de jubilados a propósito de un convenio de colaboración suscrito con la Central Unitaria de Jubilados, Pensionados y Montepiadas de Chile (Cupemchi). Refiere que el monto solicitado por la actora asciende a $890.000, y que ésta suscribió un pagaré, con 60 cuotas fijas de $34.820, iniciándose el pago el 31 de agosto de 2019, extendiéndose hasta el 31 de julio de 2024. Sostiene que una de las formas de pago del crédito es el descuento de remuneraciones por planilla por parte del Instituto de Previsión Social, modalidad de pago que fue expresamente autorizada por la recurrente. Por otra parte, alega que el presente recurso es extemporáneo pues del propio relato de los hechos formulado por la actora, se desprende que el hecho que motiva la acción interpuesta se generó en agosto de 2019. Luego, arguye que no ha existido alguna actuación ilegal o arbitraria de parte de esa entidad que pueda vulnerar algún derecho constitucional de la recurrente, y sostiene que la presente acción cautelar no es la vía idónea para conocer de lo pretendido por esta, que es, que el crédito sea dejado sin efecto. Acompaña a su informe 1. Contrato de crédito de 27 de junio de 2019, suscrito entre doña Norma Violeta Bugueño Bugueño y Cooperativa de Ahorro y Crédito para el Desarrollo Financoop. 2. Pagaré de cuota fija N°28.033 suscrito el 27 de junio de 2019 por doña Norma Violeta Bugueño Bugueño. 3. Solicitud de crédito CUPEMCHI N° 158451 efectuada el 27 de junio de 2019 por doña Norma Violeta Bugueño Bugueño. 4. Formulario de autorización de descuento por planilla de pensión suscrito por doña Norma Violeta Bugueño Bugueño de 27 de junio de 2019. TERCERO: Que, el recurso de protecci
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que SE RECHAZA, sin costas el recurso de protección interpuesto por Norma Violeta Bugueño Bugueño, y en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito para el Desarrollo Financoop. Redacción de la ministra (I) Sra. Marcela Sandoval Durán. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°6610-2022 Protección. – Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro titular señor Sergio Troncoso Espinoza, la Ministra interina señora Marcela Sandoval Durán y el abogado integrante señor Fernando Roco Pinto. En La Serena, a cinco de enero de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Bugueño Bugueño, Norma Violeta Cooperativa de Ahorro y Crédito Desarrollo Financoop Recurso de Protección Rol N° 6610-2022.- La Serena, cinco de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña Norma Violeta Bugueño Bugueño, cédula nacional de identidad N°5.590.982-2, pensionada, domiciliada en Ruber Sarzoza N°1334, Coquimbo, quien deduce acción constitucional de pr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica