SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL ALTUE SPA/SERVICIOS AGRÍCOLAS JULIO ANDRÉS BARRUETO BRAVO EMPRESA IND ACUMULADAS ROLES N° 246-22, 1513-22, 1691-22, 1771-22 1814-22, 1858-22, 1860-22 Y 2040-22 CIVILES.
Rol
Fecha
5 de enero de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA-REVOCADA
Hechos
hechos que constan en el expediente virtual, SE CONFIRMA, en su parte apelada, sin costas, la resolución de 25 de octubre de 2022, de folio 214, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca. Devuélvase. Redactado por el Fiscal Judicial don Óscar Lorca Ferraro. N°Civil-959-2021. En Talca, cinco de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fundamentos
considerando que la reactivación de los términos probatorios ha provocado un aumento en las diligencias de prueba en que se requiere la presencia de los receptores de la jurisdicción y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, parcialmente, sin costas, la resolución de 14 de octubre de 2022, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca y, en consecuencia, se ordena al tribunal proceder a la designación de un receptor ad-hoc para la recepción de la audiencia testimonial de la parte demandada, debiendo fijar un término especial de prueba, únicamente para la recepción de la misma. IX.- En cuanto al ingreso 2040-2022 civil: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente lo resuelto respecto del ingreso precedente, teniendo directa relación el entorpecimiento alegado por el recurrente con la solicitud de receptor ad-hoc a la que se accedió previamente, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, en su parte apelada, sin costas, la resolución de 25 de octubre de 2022, de folio 213, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca y, en consecuencia, se hace lugar al entorpecimiento alegado por la parte demandada, sin costas, debiendo proceder el tribunal a quo a cumplir lo ordenado respecto del ingreso anterior. Por su parte, no siendo procedente certificar hechos que constan en el expediente virtual, SE CONFIRMA, en su parte apelada, sin costas, la resolución de 25 de octubre de 2022, de folio 214, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca. Devuélvase. Redactado por el Fiscal Judicial don Óscar Lorca Ferraro. N°Civil-959-2021. En Talca, cinco de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se resuelve: Que SE TIENE POR DESISTIDO al demandado del recurso de apelación referido, deducido contra la resolución de 24 de marzo de 2022, en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca. IV.- En cuanto al ingreso 1691-2022 civil: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 31 de agosto de 2022, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca. V.- En cuanto al ingreso 1771-2022 civil: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 8 de septiembre de 2022, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca. VI.- En cuanto al ingreso 1814-2022 civil: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 28 de septiembre de 2022, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca. VII.- En cuanto al ingreso 1858-2022 civil: Habiendo planteado la abogada de la parte demandada, verbalmente en su alegato, su desistimiento respecto del recurso de apelación deducido por su parte respecto de la resolución de 30 de septiembre de 2022, dictada por el tribunal a quo, se resuelve: Que SE TIENE POR DESISTIDO al demandado del recurso d
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C.A. de Talca Talca, cinco de enero de dos mil veintitrés. I.- En cuanto al ingreso 959-2021 civil: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 27 de mayo de 2021, dictada en causa rol C-324-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Talca. II.- En cuanto al ingreso 246-20
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