SIN INFORMACION

ORTEGA / SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que comparecen Andrés Eduardo Ortega Hernández y Yumaira Josefina González Nava, ambos de nacionalidad venezolana, quienes interponen recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, Sexto Piso, Santiago. Señala que presentaron solicitudes de residencia definitiva y que la recurrida todavía no les entrega el certificado de residencia en trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 N°25 de la Ley N°21.325, omisión que perturba su libertad personal, puesto que no pueden transitar libremente por la frontera nacional, ya que requieren de aquel documento para ingresar al país. Concluyen solicitando que se ordene a la recurrida la entrega de los referidos certificados. Que el Servicio Nacional de Migraciones informó que se encuentran disponibles los certificados que los amparados requieren, con vigencia de seis meses a contar del 30 de diciembre del año pasado, de manera que el recurso carece de oportunidad. Que se trajeron estos autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Que no existe cautela urgente que brindar, por lo que el recurso de amparo carece de oportunidad. En efecto, del informe de la autoridad recurrida y de los antecedentes acompañados por aquella, se advierte que se encuentran disponibles los certificados de residencia en trámite que los amparados requieren, con vigencia de seis meses a contar del 30 de diciembre del año pasado.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia de la Excelentísima Corte Suprema, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo presentada por Andrés Eduardo Ortega Hernández y Yumaira Josefina González Nava contra el Servicio Nacional de Migraciones. Se previene que la Ministra Sra. Rosa Aguirre Carvajal concurre a la decisión, teniendo presente, además, que la materia sometida a conocimiento de esta Corte no es propia del recurso de amparo, puesto que los actores no se encuentran privados de libertad, ni tampoco se ha dispuesto su expulsión, de manera que no se cumple el supuesto de procedencia indicado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, sin perjuicio de otras acciones constitucionales. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2504-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de enero de dos mil veintitrés. Visto: Que comparecen Andrés Eduardo Ortega Hernández y Yumaira Josefina González Nava, ambos de nacionalidad venezolana, quienes interponen recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, Sexto Piso, Santiago. Señala que present

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica