MAESTRANZA GFL SPA CON JUAN FRRANCISCO CANCINO BUSTAMA ACUMULADAS ROLES N°S 1599-2022 Y 1876-2022 CIVILES.
Rol
Fecha
5 de enero de 2023
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Que en la especie no aparece un interés actual como tercero, toda vez que lo pretendido es cobrar lo que a él le corresponde como socio dentro de la sociedad ejecutante, en circunstancias que el titular del crédito es justamente la sociedad Maestranza GFL SpA y ésta ha actuado en estos autos representada por su representante legal, por lo que el recurrente debe estarse a lo actuado por éste en autos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° del Código de Procedimiento Civil. Por lo razonado y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 12 de febrero de 2021, dictada en causa rol C-906-2017 del Juzgado de Letras de Constitución. II.- En cuanto al ingreso civil 1599-2022: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 18 de agosto de 2022, dictada en causa rol C-906-2017 del Juzgado de Letras de Constitución. III.- En cuanto al ingreso civil 1876-2022: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente que de la propia objeción a la liquidación se desprende que los supuestos yerros de la liquidación provienen de liquidaciones anteriores, las que no fueron objetadas o, si lo fueron, dichas objeciones fueron rechazadas, se estima que no es posible volver a revivir discusiones ya zanjadas, por lo que el rechazo de la objeción se ajusta a derecho. Por lo razonado y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución de 5 de octubre de 2022, dictada en causa rol C-906-2017 del Juzgado de Letras de Constitución. Devuélvase. Redactado por la Ministra doña Marisol Ponce Toloza. N°Civil-223-2021 (Acumulada a roles 1599-2022 y 1876-2022).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, cinco de enero de dos mil veintitrés. I.- En cuanto al ingreso 223-2021 civil: Visto y considerando: Que en la especie no aparece un interés actual como tercero, toda vez que lo pretendido es cobrar lo que a él le corresponde como socio dentro de la sociedad ejecutante, en circunstancias que el titular del crédito es justamente la sociedad Maestranza GFL SpA y ésta ha actuado
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