SOCIEDAD GASTRONÓMICA RAÍCES SPA/COMPLEJO LAGUNA BAHÍA
Rol
Fecha
4 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIA/POR INTERPUEST
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con una eventual vulneración de garantías constitucionales protegidas a través de la acción de protección, prevista en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de Protección, por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato por la Unidad de Causas. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento y, no obstante no coincidir la suma con el cuerpo del escrito, se procede a proveer derechamente el escrito folio N°1, Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de protección. Informe la recurrida “COMPLEJO TURÍSTICO LAGUNA BAHÍA”, dentro de ocho días hábiles, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido, bajo apercibimiento de prescindir del informe solicitado y resolver con el mérito de los antecedentes que obren en autos. Acompáñese copia de las piezas pertinentes. Requiérase por la vía más rápida y expedita. Al otrosí: Téngase por acompañados los documentos. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. N°Amparo-2509-2022.
Fallo
se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de Protección, por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato por la Unidad de Causas. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento y, no obstante no coincidir la suma con el cuerpo del escrito, se procede a proveer derechamente el escrito folio N°1, Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de protección. Informe la recurrida “COMPLEJO TURÍSTICO LAGUNA BAHÍA”, dentro de ocho días hábiles, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido, bajo apercibimiento de prescindir del informe solicitado y resolver con el mérito de los antecedentes que obren en autos. Acompáñese copia de las piezas pertinentes. Requiérase por la vía más rápida y expedita. Al otrosí: Téngase por acompañados los documentos. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. N°Amparo-2509-2022.
Texto Completo (Preview)
Hog. C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con una eventual vulneración de garantías constitucionales protegidas a través de la acción de protección, prevista en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara que se
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