ZENTENO SILVA MARCELO / COLEGIO DE TECNOLOGOS MEDICOS DE CHILE A.G.
Rol
Fecha
4 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 23 de septiembre de 2022 comparece don Marcelo Lenín Zenteno Silva y deduce acción constitucional de protección en contra del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile A.G., por los actos que estima ilegales y arbitrarios, cometidos por el Tribunal de Honor de dicha corporación y que afectan las garantías constitucionales consagradas en los numerales 2°, 3° y 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, consistentes en la persecución de que ha sido objeto por haber presentado oficios al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo denunciando transgresiones al estatuto de dicho colegio profesional. Expone que en los últimos años la directiva del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile ha realizado nominaciones de personas para conformar el Tribunal de Honor sin la ratificación de los mismos por asamblea general ordinaria de socios, de acuerdo a lo que exige el artículo 32 de los estatutos de dicha organización gremial. Indica que se ha producido una persecución de aquellos que hicieron presente dichas circunstancias a la Cartera de Estado ya referida, la que ha culminado con el envío de un documento que señala que se ha suspendido la condición de socios activos a todos quienes estuvieron por rechazar la memoria y balance de dicho Tribunal de Honor, la que se justifica en la falta de pago de colegiatura por más de 3 meses, a través de una carta tipo, lo que contraviene el debido proceso. Comenta que frente a dicha comunicación solicitó vía correo electrónico que se le hiciera llegar el monto adeudado, lo que no aconteció, por lo que procedió a solucionar 27 cuotas, correspondientes al periodo de pandemia en que la corporación mantuvo sus puertas cerradas, enviando el documento a tesorería, si haber obtenido respuesta hasta la fecha que confirme su recepción. Alega que la actuación de la recurrida es ilegal, arbitraria, no respeta lo establecido en sus estatutos, ni las reglas del debido proceso y han
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y del Auto Acordado que regula la materia, se declara que se rechaza el recurso de protección deducido por don Marcelo Zenteno Silva en contra del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile A.G. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-102626-2022. En Santiago, cuatro de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de enero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 15: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 23 de septiembre de 2022 comparece don Marcelo Lenín Zenteno Silva y deduce acción constitucional de protección en contra del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile A.G., por los actos que estima ilegales y arbitrarios, cometidos por
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