MILLACARIS/MILLACARIS
Rol
Fecha
4 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Con fecha 22 de agosto de 2022, Daniela Nicole Millacaris Bozo, psicóloga, domiciliada en Villa Las Tinajas 2, Pasaje Titiritero José Pepe Ferrari 0254, comuna de San Fernando y deduce recurso de protección contra Ingrid Valentina Millacaris Prouvay, domiciliada en Pasaje Pablo de Rocka Nº 0562, Villa Jardines del Sur, de la comuna de San Fernando, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria, los derechos que están garantizados por el artículo 19° numerales 1 y 4 de la Constitución Política de la República y vulnerar la Ley N° 19.628, por los siguientes
Fundamentos
fundamentos: Explica que con fecha 22 de julio de 2022, en razón de haber sido contratada por la Clínica Bioimagen de San Fernando, la página oficial de la institución se dispuso a efectuar la pertinente publicidad de sus servicios profesionales como psicóloga, tal como lo realiza con todos sus profesionales con objeto de dar a conocer a la comunidad, los servicios ofrecidos, horarios de atención y demás información pertinente. En ese contexto, con fecha 23 de julio de 2022, aproximadamente a las 07:10 horas, se entera por referencias de amigos y conocidos, que en la publicación antes comentada, una persona había dejado por escrito comentarios que la denostaban como persona, profesional y además ventilaban cosas personales de su infancia de mucha gravedad. Además de utilizar la página oficial de la clínica para realizar comentarios y publicaciones con fines arbitrarios e ilegales, sin el consentimiento de los administradores ni mucho menos su consentimiento, la recurrida también ha publicado en dicha cuenta información absolutamente falsa de índole familiar y personalísima, provocando un gran daño a mi honra, y también provocando un severo daño de imagen y deshonra respecto de mi profesión. También se hace un llamado a la ciudadanía a no tomar atenciones con ella, fundándose en falsas acusaciones, respecto de las cuales, por lo demás, no existe juicio pendiente, denuncias, ni sanciones, todo lo cual persigue el descrédito. Las publicaciones son del siguiente tenor: - “Trató como las weas a mi abuela paterna, cuando ella siempre fue un amor, nunca la fue a ver al hospital y mucho menos la fue a ver al funeral; Siempre nos llamaba para pedir ayuda económica cuando su padre (Mi tío borracho), caía al hospital por comas etílicos o accidentes de borrachos; Tardó aproximadamente 7 años en terminar una carrera súper básica. Se intentó matar cientos de veces. Así que como consejo elijan bien al profesional que hará su psicoterapia.” (SIC) (Registro de pantalla Nº 1 que se acompañará en un otrosí de esta presentación); Utilizando su cuenta personal de Facebook, compartió la publicación antes detallada en formato imagen, agregando el siguiente texto sobre la imagen de su cara: “No se atiendan con mi prima” (SIC). Fue a hablar con la recurrida, la recibió su padre y madre, a quienes le explicó lo sucedido y les solicitó que hablaran con ella, para que borrara la información. Aparentemente accedió pero luego corroboró que solo había borrado aquellas publicaciones que duran unas horas en la red pública y luego se eliminan automáticamente, más no borró las permanentes de su perfil personal. Menciona que habló con su abogado, quien trató de contactar a la recurrida través de mensaje interno de Facebook para pedirle que eliminara todas las publicaciones que había realizado en los siguientes términos: - “Estimada Valentina, buenos días. Mi nombre es Gabriel Donoso, soy abogado. Primero que todo, no encontré otro medio para contactarla, pero mí urgencia dehab
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por Daniela Nicole Millacaris Bozo, contra Ingrid Valentina Millacaris Prouvay, debiendo esta última, a la brevedad y en el caso que aún no lo hubiese hecho, eliminar todo contenido publicado en deshonra o descrédito de la recurrente, en la plataforma Facebook u otras redes sociales, y abstenerse de seguir realizando publicaciones de la misma índole de las ya señaladas. Regístrese y comuníquese. Rol I. Corte 11.725-2022 Protección “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema”.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, cuatro de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 22 de agosto de 2022, Daniela Nicole Millacaris Bozo, psicóloga, domiciliada en Villa Las Tinajas 2, Pasaje Titiritero José Pepe Ferrari 0254, comuna de San Fernando y deduce recurso de protección contra Ingrid Valentina Millacaris Prouvay, domiciliada en Pasaje Pablo de Rocka Nº 0562, Villa Jardines del Sur, de la comuna de San F
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