MINISTERIO PÚBLICO C/ RICARDO LUIS DINOCENCIO ROSALES
Rol
Fecha
4 de enero de 2023
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUGARES PUBLICOS O PRIV.CON PREVIO CONCIERTO ART. 50 LEY Nº 20.000 TRAFICO ILICITO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del párrafo primero del
Fundamentos
considerando decimosexto. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1°) Que por sentencia N° 12.269-2021, emanada del Tribunal Constitucional, de fecha siete de julio de dos mil veintidós, se declaró la inaplicabilidad del artículo 1 inciso 2° de la Ley N° 18.216. 2°) Que, en esta sede, se incorporó un informe elaborado por una perito, trabajadora social, quien consignó que el encartado mantiene arraigo social y familiar, presentando un proyecto de vida concreto tendiente a desarrollar una actividad laboral que le permitirá subsistir. 3°) Que, en consecuencia, no existiendo antecedentes que obsten a la sustitución de la pena impuesta en estos autos al sentenciado y, por el contrario, cumpliéndose los requisitos que establecen los artículos 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se accederá a la petición de la defensa en orden a conceder la libertad vigilada intensiva.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 18.216, se revoca, en lo apelado, la sentencia de dos de octubre de dos mil veintiuno, en cuanto ordenó el cumplimiento efectivo de la pena corporal impuesta a Ricardo Luis Dinocencio Rosales y en su lugar se declara, que se le concede la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo plazo de la pena originalmente impuesta, debiendo al efecto el tribunal de garantía que corresponda, determinar las condiciones de cumplimiento de la sanción determinada por este fallo y cautelar su cumplimiento acorde con lo previsto en los artículos 16 y siguientes de la Ley N° 18.216. Regístrese y comuníquese. Ruc N° 1701194723-9. Rit 15-2021. N°Penal-2820-2022.-
Texto Completo (Preview)
Vim. C.A. Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a cuatro de enero de dos mil veintitrés, siendo las 10:47 horas, ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra, quien preside, la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y la Fiscal Judicial Sra. Jacqueline Nash Álvarez, constituida para la vista del recurso de apelación deducido por l
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