JULIA FERNANDA LOPÉZ DONOSO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
3 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Georgina Lucero de la Fuente, abogada, defensora penal público penitenciario, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de doña Julia Fernanda Lopez Donoso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte que, por resolución de 18 de Octubre de 2022, rechazó su postulación al citado beneficio. Indica que su representada se encuentra cumpliendo condena en el C.P.F. Santiago, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y por el delito de maltrato de obra a Gendarme en el desempeño de sus funciones, de 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Según información consignada en su Ficha Única, registra como fecha de inicio de condena el 10 de enero de 2019 y de término el 12 de marzo de 2024, siendo su tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional el 21 de junio de 2022. Añade que la conducta de su representada ha sido calificada como muy buena en los últimos 4 bimestres y que cuenta con un informe psicosocial elaborado por especialistas de Gendarmería de Chile que permite orientar acerca de los factores de riesgo de reincidencia y de las características de personalidad del postulante, sólo exigiendo el artículo 5° del D.L. 321 que se cuente con dicho informe, sin que éste sea necesariamente favorable,
Fundamentos
motivos por los cuales estima concurrentes todos los requisitos exigidos por la ley para acceder a la libertad condicional y, no obstante ello, el beneficio le fue denegado ilegal e infundadamente. Expresa que hay una interpretación errónea por parte de la comisión, ya que el informe de Gendarmería de Chile indicó que su representada había realizado cambios y avances en el proceso de reinserción social lo que esta conteste con el espíritu de la modificación legal, destacando al efecto que es una mujer de 50 años que inicio actividad delictual en la adultez; ingresó al programa de Intervención PPL el mes de abril de 2022 y su última evaluación presenta riesgo de reincidencia medio; actualmente realiza labores de jornal de biblioteca y realizó capacitación en INFOCAP el mes de agosto del año 2022. En cuanto a su red de apoyo, la constituye principalmente su primo don Fernando Valenzuela Donoso, quien se desempeña en constructora FV SPA, dedicada al rubro de terminaciones de obras, quien está dispuesto a brindarle su apoyo ofreciendo que la amparada pueda trabajar en el cargo de supervisora de su empresa. Solicita acoger la presente acción y dejar sin efecto la decisión que rechaza la libertad condicional de la persona en cuyo favor recurre, otorgándole el beneficio. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Celia Catalán Romero, Ministra Presidente de la Comisión de Libertad Condicional indicando que, oída la relación de los antecedentes acompañados a la postulación y, previo análisis y debate sobre éstos, la comisión rechazó la solicitud de libertad condicional del referido interno, señalando lo siguiente: “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que la interna mantiene un riesgo de reincidencia medio, requiere intervención en las áreas relacionadas a utilización del tiempo libre, pares, educación y empleo, factores de riesgo que no son profundizados por ésta en el análisis de su conducta, careciendo de conciencia del delito y del mal causado, visualizando sólo las pérdidas personales y familiares. Se requiere que aprenda un oficio para adquirir herramientas laborales. Además, la interna necesita avanzar en forma gradual a la libertad a través de los beneficios intrapenitenciarios, de los cuales carece hasta el día de hoy, lo que hace necesario que continúe su intervención intramuros, razones por las cuales se estima, por unanimidad, que no reúne los requisitos establecidos en el artículo 2) Nro. 3), del Decreto Ley Nro. 321.” Agrega que al adoptar la decisión de rechazo de la solicitud, la Comisión procedió con arreglo a la normativa que rige el beneficio de libertad condicional, al haber resuelto de manera motivada y previo análisis de los antecedentes personales del postulante acompañados por Gendarmería de Chile bajo la óptica de los presupuestos del artículo 2° del DL 321, en particular, del número 3 de esta disposición, arribando a concluir que las exigencias de
Fallo
fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de doña Julia Fernanda Lopez Donoso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. N°972-2022 Amparo
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó por el recurso la abogada Georgina Lucero de la Fuente. San Miguel, 3 de diciembre de 2023. San Miguel, tres de diciembre de dos mil veintitrés. Al folio 8: Téngase presente Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Georgina Lucero de la Fuente, abogada, defensora penal público penitenciario, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de doña Juli
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