SIN INFORMACION

/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

1 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

hechos de manera clara, como también reconociendo las características personales que incidieron en la toma de decisiones que llevaron a su reclusión. Demuestra una incipiente conciencia de delito y del mal causado, mostrando arrepentimiento y cuestionando sus acciones y decisiones, mostrando capacidades de autoconocimiento.” En tercer lugar, asevera que el amparado cuenta con factores protectores que han contribuido a motivar y reforzar procesos de cambio, aprendizajes, conducta, habilidades sociales y laborales. Concluye que su representado cuenta con suficientes avances en su proceso de reinserción social para cumplir el saldo de pena en libertad. Pide se ordene dejar sin efecto la resolución y conceder la libertad condicional del amparado. A folio 4, se tuvo por interpuesto el recurso de amparo. A folio 6 Gendarmería de Chile acompañó los antecedentes estadísticos del amparado. A folio 7, la recurrida evacua informe. Asevera haber rechazado la postulación efectuada por el amparado por unanimidad de votos, ya que de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, verificó que el informe era desfavorable, por cuanto en él se señala que el amparado mantiene riesgo medio de reincidencia, con actitud y orientación procriminal, que puntúa actitud desfavorable hacia las normas convenciones sociales; su condena en el medio libre se observa de riesgo de reincidencia dado que faltaría trabajar en el medio intrapenitenciario factores que promuevan cambio conductual-cognitivo y con las actividades desarrolladas hasta el momento aún no se percibe. Requiere un mayor tiempo de observación de las actividades relacionadas con la nivelación de estudios de enseñanza media que se completaría en diciembre. La única red de apoyo que mantiene es su pareja, víctima del delito. Requiere trabajar más su motivación al cambio; no advirtiéndose en consecuencia que al momento de postular al beneficio, el requirente presente avance en el proceso de reinserción social A folio 9, se a

Fundamentos

motivos: “Mantiene riesgo medio de reincidencia. En actitud y orientación procriminal puntúa actitud desfavorable hacia las normas y convenciones sociales. Su condena en el medio libre se observa de riesgo de reincidencia dado que faltaría trabajar en el medio intrapenitenciario factores que promuevan cambio conductual-cognitivo, con las actividades desarrolladas hasta el momento aún no se percibe. Requiere un mayor tiempo de observación de las actividades que desarrolla especialmente la nivelación de estudios de enseñanza media que se completaría en diciembre. La única red de apoyo que mantiene es su pareja, víctima del delito. Requiere trabajar más su motivación al cambio para lograr un cambio conductual relevante.” Señala no compartir dichos argumentos. En primer lugar, cuestiona que la Comisión de Libertad Condicional señale la existencia de una actitud desfavorable hacia las normas y convenciones sociales, ya que el amparado no presenta sanciones durante la condena. Respecto a la falta de trabajo en el medio intrapenitenciario y factores que promuevan cambio conductual-cognitivo, asevera que el informe de postulación señala que su representado “identifica los factores de riesgo asociados al delito, describiendo los hechos de manera clara, como también reconociendo las características personales que incidieron en la toma de decisiones que llevaron a su reclusión. Demuestra una incipiente conciencia de delito y del mal causado, mostrando arrepentimiento y cuestionando sus acciones y decisiones, mostrando capacidades de autoconocimiento.” En tercer lugar, asevera que el amparado cuenta con factores protectores que han contribuido a motivar y reforzar procesos de cambio, aprendizajes, conducta, habilidades sociales y laborales. Concluye que su representado cuenta con suficientes avances en su proceso de reinserción social para cumplir el saldo de pena en libertad. Pide se ordene dejar sin efecto la resolución y conceder la libertad condicional del amparado. A folio 4, se tuvo por interpuesto el recurso de amparo. A folio 6 Gendarmería de Chile acompañó los antecedentes estadísticos del amparado. A folio 7, la recurrida evacua informe. Asevera haber rechazado la postulación efectuada por el amparado por unanimidad de votos, ya que de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, verificó que el informe era desfavorable, por cuanto en él se señala que el amparado mantiene riesgo medio de reincidencia, con actitud y orientación procriminal, que puntúa actitud desfavorable hacia las normas convenciones sociales; su condena en el medio libre se observa de riesgo de reincidencia dado que faltaría trabajar en el medio intrapenitenciario factores que promuevan cambio conductual-cognitivo y con las actividades desarrolladas hasta el momento aún no se percibe. Requiere un mayor tiempo de observación de las actividades relacionadas con la nivelación de estudios de enseñanza media que se completaría en diciembre. La única red de apoyo que manti

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de 1932, de la Excelentísima Corte Suprema, sobre tramitación, se declara: I. Que, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida por el abogado Patricio Pacheco Mora, en representación de Francisco Javier Sagredo Herrera, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que sesionó en octubre del presente año. II.- Que, no se condena en costas al actor atendido a lo previsto en el artículo 593 en relación con el artículo 591 del Código Orgánico de Tribunales. Redacción del Fiscal Judicial (s) Cristian Rojas Collao. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N°524-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, uno de enero de dos mil veintitrés. Vistos. A folio 1 comparece el abogado Patricio Pacheco Mora, en representación de Francisco Javier Sagredo Herrera, C.I. Nº16.854.420-0, quien interpone acción constitucional de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional. Indica que su representado se encuentra cumpliendo una condena de 541 días de presidio menor en su gr

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