1º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

FISCO DE CHILE CDE/

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que con la cuenta dada por la relatora, atendido el mérito de los antecedentes; teniendo especialmente en consideración que en la especie se cumplen con todos los supuestos establecidos en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil para decretar el abandono del procedimiento por cuanto ninguna de las partes ha realizado una gestión útil dentro del lapso de 6 meses, plazo que en el caso que nos ocupa se cumplió indefectiblemente el día 06 de abril del año 2022 y por otro lado, que estos autos de conformidad al artículo 12 del D.L 2.186 corresponde a un reclamo del monto expropiatorio que se rige por las reglas del juicio sumario, encontrándonos por tanto en sede judicial y no administrativa, por los que le son aplicables plenamente las disposiciones del Código de Procedimiento Civil en esta materia. Por estas consideraciones, se confirma la resolución de fecha 10 de noviembre de 2022 dictada por Erika Stillner Ledezma Jueza titular del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt que acogió el incidente de abandono del procedimiento promovido por la demandada Redacción del abogado integrante Javier Niklitschek Roa. No firma la Fiscal Judicial doña Mirta Zurita Gajardo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con feriado. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Civil N° 1370-2022.

Fallo

por tanto en sede judicial y no administrativa, por los que le son aplicables plenamente las disposiciones del Código de Procedimiento Civil en esta materia. Por estas consideraciones, se confirma la resolución de fecha 10 de noviembre de 2022 dictada por Erika Stillner Ledezma Jueza titular del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt que acogió el incidente de abandono del procedimiento promovido por la demandada Redacción del abogado integrante Javier Niklitschek Roa. No firma la Fiscal Judicial doña Mirta Zurita Gajardo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con feriado. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Civil N° 1370-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Que con la cuenta dada por la relatora, atendido el mérito de los antecedentes; teniendo especialmente en consideración que en la especie se cumplen con todos los supuestos establecidos en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil para decretar el abandono del procedimiento por cuanto ninguna de las partes ha realizado una g

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