SESSAREGO/FISCO DE CHILE - (LTE)
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del motivo Vigésimo. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que habiéndose solicitado en la demanda que la suma que se otorgue por daño moral lo sea, además, con reajustes e intereses, en lo que atañe a la petición de intereses, ella se concederá disponiendo al efecto el pago de intereses corrientes para operaciones reajustables respecto de la suma dineraria que se condena indemnizar al Fisco, los que se contabilizarán, eventualmente, desde que éste se constituya en mora en el pago de la suma dispuesta por concepto del menoscabo extrapatrimonial. Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha catorce de junio de este año, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de esta ciudad, en los autos rol N° C-13866-2020, con declaración que la suma que se condena pagar al Fisco de Chile a los actores, que asciende a la suma de treinta millones de pesos ($30.000.000) a título de daño moral para cada uno, lo será, además, con reajustes conforme al alza del Índice de Precios al Consumidor que se devenguen a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta la de su pago efectivo y que dicha suma así reajustada devengará además intereses corrientes para operaciones reajustables los que se contabilizarán desde que el deudor sea constituido en mora, sin costas. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-13584-2022.
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha catorce de junio de este año, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de esta ciudad, en los autos rol N° C-13866-2020, con declaración que la suma que se condena pagar al Fisco de Chile a los actores, que asciende a la suma de treinta millones de pesos ($30.000.000) a título de daño moral para cada uno, lo será, además, con reajustes conforme al alza del Índice de Precios al Consumidor que se devenguen a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta la de su pago efectivo y que dicha suma así reajustada devengará además intereses corrientes para operaciones reajustables los que se contabilizarán desde que el deudor sea constituido en mora, sin costas. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-13584-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintidós. A los folios 16 y 17: A todo, téngase presente. VISTO Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del motivo Vigésimo. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que habiéndose solicitado en la demanda que la suma que se otorgue por daño moral lo sea, además, con reajustes e intereses, en lo que atañe a la petici
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