JUZGADO DE LETRAS DE CASABLANCA

ARANEDA/VÁSQUEZ

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose apelado en contra de la resolución que ordenó despachar mandamiento de ejecución y embargo, resultando inapelable, según se desprende del texto del artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, colacionado lo anterior con lo previsto en los artículos 181 y 188 del mismo cuerpo legal, que tornan improcedente el arbitrio por tratarse de un decreto que substancia la tramitación regular del procedimiento ejecutivo, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada, en contra de la resolución de diecisiete de agosto del año en curso, que se lee a folio 2, dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca, en sus autos Rol N° C-334-2022. Devuélvase. N°Civil-3485-2022.

Fallo

se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada, en contra de la resolución de diecisiete de agosto del año en curso, que se lee a folio 2, dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca, en sus autos Rol N° C-334-2022. Devuélvase. N°Civil-3485-2022.

Texto Completo (Preview)

wgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de diciembre de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose apelado en contra de la resolución que ordenó despachar mandamiento de ejecución y embargo, resultando inapelable, según se desprende del texto del artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, colacionado lo anterior con lo previsto en los artículos 181 y 188 d

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