GODOY REYES PATRICIA/ TESORERÍA REGIONAL METROPOLITANA
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia de primera instancia, con las siguientes modificaciones: 1) en la letra A) del motivo Sexto se agregan los siguientes numerales: 39. Formulario 21, tipo 21, folio 100302983, fecha de vencimiento 00-00-0000, valor total adeudado: $103.463.056.; y 40. Formulario 21, tipo 21, folio 101004632, fecha de vencimiento 00-00-0000, valor total adeudado: $472.542; 2) en el motivo Noveno, donde dice “38” debe decir “40”. Asimismo, se elimina el motivo Décimo Tercero. Y se tiene además presente: Primero: Que los documentos denominados “Aviso Recibo Tesorería” acompañados por el demandante a folio 1, no objetados por la contraria, dan cuenta que los folios 100302983 y 101004632 registran como fecha de giro por parte del Servicio de Impuestos Internos los días 6 de noviembre de 2002 y 28 de marzo de 2003 respectivamente. Por consiguiente, en atención a la fecha de exigibilidad de las dos obligaciones antes mencionadas, no puede sino concluirse que a la data en que se notificó la demanda de autos había transcurrido sobradamente el plazo de prescripción previsto en el artículo 201 del Código Tributario, en su remisión al artículo 200 del mismo cuerpo legal, sin que existan antecedentes que permitan establecer que dicho plazo se hubiera interrumpido. Segundo: Que la conclusión anterior importa que la demanda haya de ser acogida íntegramente, de modo tal que respecto de las costas de la causa y en virtud de la regla que al efecto contempla el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, habrá de imponerse dicha carga procesal a la parte demandada. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo que disponen los artículos 160 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de veintiuno de enero de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N°5916-2021, con declaración que la acción de prescripción entablada queda acogida íntegramente, con costas, declarándose extinguidas
Fundamentos
considerando Sexto del
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo que disponen los artículos 160 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de veintiuno de enero de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N°5916-2021, con declaración que la acción de prescripción entablada queda acogida íntegramente, con costas, declarándose extinguidas por prescripción las 40 obligaciones tributarias adeudadas a la Tesorería General de la República por José Ángel Godoy Inostroza singularizadas en el literal “A” del considerando Sexto del fallo que se revisa. Regístrese y comuníquese. N°Civil-5608-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 15: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia de primera instancia, con las siguientes modificaciones: 1) en la letra A) del motivo Sexto se agregan los siguientes numerales: 39. Formulario 21, tipo 21, folio 100302983, fecha de vencimiento 00-00-0000, valor total adeudado: $103.463.056.; y 4
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