SIN INFORMACION

CAMUS ESPINOZA SEBASTIAN ANDRES/CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA SANTIAGO SUR

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Hans Graver del Valle, abogado, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de Sebastián Andrés Camus Espinoza, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penal Santiago Sur, y en contra de Gendarmería de Chile, por no haberlo postulado, ilegal y arbitrariamente su postulación al beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos del Decreto Ley N° 321, lo que vulneraría su derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Menciona como antecedentes del recurso que el amparado se encuentra cumpliendo una pena de 7 años y seis meses de presidio mayor en su grado medio por el delito de tráfico de drogas, registra como fecha de inicio de la condena el 5 de julio de 2017 y cuenta con el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional conforme lo establece el artículo 3 inciso cuarto del D.L. referido, puesto que ha cumplido más de la mitad de su condena. En ese escenario, refiere que el Tribunal de Conducta del recinto penal donde el recurrente cumple condena, al analizar los antecedentes del interno, debió incluirlo en el listado de postulantes al beneficio que se envía al Comisión respectiva, lo que no ocurrió, pese a que el interno presenta además muy buena conducta hace más de 12 meses. Estima que la modificación introducida al artículo 4 del Decreto Ley citado no resulta aplicable al amparado, por haber entrado a regir con posterioridad a la fecha de inicio de condena del amparado, lo que resulta concordante con el principio de irretroactividad penal, consagrado en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República y con lo previsto en el artículo 466 del Código Procesal Penal. Solicita que se deje sin efecto la resolución dictada y, en consecuencia, se otorgue al amparado la libertad condicional impetrada, debiendo seguirse a su respecto el pr

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que se trata de un interno con un nivel de reincidencia alto, observándose una tendencia a favor del delito, según fue reseñado en el motivo tercero, sin conciencia del daño y del mal causado. Séptimo: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Octavo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Sebastián Andrés Camus Espinoza. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4047-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Hans Graver del Valle, abogado, quien deduce acción constitucional de amparo a favor de Sebastián Andrés Camus Espinoza, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penal Santiago Sur, y en contra de Gendarmería de Chile, por no haberlo p

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