SIN INFORMACION

ALLENDE / GENDARMERÍA CHILE

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que, se recurre de amparo en favor de Piero Alexander Allende Castro y en contra de Gendarmería de Chile. Sostiene que el amparado se encuentra imputado en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana. En dicho contexto fue trasladado desde el CCP de Valparaíso a CDP de Puente Alto sin haber informado previamente al Juzgado de Garantía respectivo y sin que dicha magistratura haya aprobado el cambio de recinto penal, ya que sólo lo tuvo presente mediante resolución de 12 de diciembre. Entiende que el acto judicial en ningún caso autoriza la diligencia y, más aun, la derivación ha perjudicado al amparado quien no pudo asistir a audiencia de cautela de garantías. Todo lo anterior, sumado a que el arraigo familiar del amparado se encuentra en Villa Alemana, quienes por razones de distancia no lo han podido visitar. Por lo expuesto, solicita dejar sin efecto la resolución administrativa de traslado del amparado al CDP de Puente Alto, de 07 de diciembre de 2022. Que, informa el Juzgado de Garantía de Villa Alemana confirmando los antecedentes procesales y penitenciarios ya indicados. Apunta que el amparado se encuentra formalizado por el delito de tráfico ilícito de drogas a partir del 28 de agosto de 2022, oportunidad en que se determina la medida cautelar de prisión preventiva, ordenando su internación en el CDP de Quillota. Posteriormente, en septiembre de 2022 se ordena su traslado al CP de Valparaíso por medida de seguridad y, finalmente, en diciembre de 2022 se determina por Gendarmería de Chile el traslado al CCP de Puente Alto, nuevamente por medidas de seguridad institucional. Hizo presente que el 20 de diciembre a solicitud de la defensa particular Abogado Jesús Rojas Araya, se realiza audiencia de cautela de garantías y en la que se resuelve solicitar a la Unidad de Clasificación de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, la factibilidad de traslado del imputado a las unidades penales de Los Andes, Valparaíso o San Antonio, rep

Fundamentos

CONSIDERANDO Primero: Que esta acción de amparo persigue dejar sin efecto el traslado del amparado al CDP de Puente Alto, retornando al CDP de Valparaíso. Segundo: Que, la modificación de recinto penitenciario se encuentra fundada en la propia conducta refractaria, peligrosidad y segmentación del amparado, todo, de conformidad al informe evacuado por Gendarmería de Chile y los documentos adjuntos al mismo. Al respecto, el Juez de Garantía ha confirmado que fue informado de los traslados invocados y que revisará la situación en una audiencia próxima requerida por la defensa. Tercero: Que, en ese orden de antecedentes, la presente acción de amparo será desechada por cuanto, por una parte, la situación del traslado se encuentra justificada en los antecedentes aportados, amparada en las facultades que la Ley otorga a Gendarmería de Chile y, por último, el Juzgado de Garantía Competente ha sido informado de los hechos, teniéndolos presente, lo que se adecua a la supervisión que prevé el artículo 150 del Código Procesal Penal, fijando, además, una audiencia para revisar la situación con más y mejores antecedentes que deberán ser vertidos en el momento pertinente. Cuarto: Que, por último, si bien el traslado se ha realizado a un Centro Penitenciario fuera de la región, lo ha sido a una colindante de manera que la situación no agrava más allá de lo razonable la privación de libertad del amparado.

Fallo

Por lo expuesto, solicita dejar sin efecto la resolución administrativa de traslado del amparado al CDP de Puente Alto, de 07 de diciembre de 2022. Que, informa el Juzgado de Garantía de Villa Alemana confirmando los antecedentes procesales y penitenciarios ya indicados. Apunta que el amparado se encuentra formalizado por el delito de tráfico ilícito de drogas a partir del 28 de agosto de 2022, oportunidad en que se determina la medida cautelar de prisión preventiva, ordenando su internación en el CDP de Quillota. Posteriormente, en septiembre de 2022 se ordena su traslado al CP de Valparaíso por medida de seguridad y, finalmente, en diciembre de 2022 se determina por Gendarmería de Chile el traslado al CCP de Puente Alto, nuevamente por medidas de seguridad institucional. Hizo presente que el 20 de diciembre a solicitud de la defensa particular Abogado Jesús Rojas Araya, se realiza audiencia de cautela de garantías y en la que se resuelve solicitar a la Unidad de Clasificación de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, la factibilidad de traslado del imputado a las unidades penales de Los Andes, Valparaíso o San Antonio, reprogramando audiencia de cautela de garantías para el próximo 03 de Enero de 2023. Que, evacuo informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien confirmó los antecedentes ya expuestos. Hizo hincapié en que la medida de traslado ha debido ser adoptada 2 veces en relación al amparado únicamente por su comportamiento refractario, i

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que, se recurre de amparo en favor de Piero Alexander Allende Castro y en contra de Gendarmería de Chile. Sostiene que el amparado se encuentra imputado en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana. En dicho contexto fue trasladado desde el CCP de Valparaíso a CDP de Puente Alto sin haber informado

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