VILFRARD/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA / RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 24 de octubre del presente año, comparecen los abogados Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa en favor de YENDRIK YOELY TORRES BRAVO, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.638.488-2, y CHENALDA VILFRARD, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.985.438-3, todos domiciliados para estos efectos en Pintor Gustavo Cabello Olguin N° 835, comuna de Rancagua, deduciendo acción Constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión del acto que pone fin a los procedimientos administrativos de solicitudes de permanencia definitiva. Fundan su recurso, en que las recurrentes ingresaron al país en calidad de turistas, para luego cambiar sus condiciones migratorias a residentes temporarias por visas sujetas a contrato, esto, con el propósito de establecerse y desarrollar sus proyectos de vida en el país. Añade que la recurrente doña Chenalda Vilfrard se somete a un proceso de cálculo de multa para extranjero por días de residencia irregular, realizando el pago correspondiente de la multa con fecha 15 de marzo de 2022. Luego, con fecha 20 de diciembre de 2019 y 24 de marzo de 2022, respectivamente, previo al vencimiento de sus visas como residentes temporarias, las recurrentes solicitan el beneficio migratorio de residencia definitiva, tal y como consta en comprobantes de solicitudes N° 2459229 y N° 31291132, sin perjuicio de lo cual, señalan que no han recibido ninguna respuesta por parte de la recurrida, manteniéndolas en una situación de preocupación e incertidumbre. Alegan, que en este caso no procede el silencio administrativo ni se ha configurado un caso fortuito, ni fuerza mayor, y que el actuar de la recurrida infringe la garantía Constitucional de Igualdad ante la ley y los principios de celeridad y economía procedimental, contenidos en la Ley N°19.880. Finalizan solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida a que s
Fallo
por tanto, la dilación de la recurrida en el pronunciamiento sobre la antes indicada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. SÉPTIMO: Que, diversa es la situación de la recurrente doña CHENALDA VILFRARD, quien señala haber efectuado la solicitud de permanencia definitiva con fecha 24 de marzo de 2022 y, habiéndose ingresado la acción siete meses después, es decir, con fecha 24 de octubre de este año, se tiene presente que si bien existe una tardanza en la tramitación de lo solicitado, ésta no es excesiva y no alcanza la entidad para efectos de estimar que se constituya en una conculcación a sus derechos fundamentales, lo que lleva necesariamente a que a su respecto, este recurso sea rechazado. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA, la presente acción constitucional respecto
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua. Rancagua, treinta de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 24 de octubre del presente año, comparecen los abogados Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa en favor de YENDRIK YOELY TORRES BRAVO, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.638.488-2, y CHENALDA VILFRARD, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°2
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica